Ley de Reforma Urbana
En las zonas urbanas controladas por el Ejército Zapatista de Liberación Nacional entran en vigor las siguientes leyes para proporcionar una vivienda digna a las familias desposeídas:
Primera.- Los habitantes que tengan casa propia o departamento dejarán de pagar los impuestos catastrales.
Segunda.- Los inquilinos que paguen renta y lleven más de 15 años habitando en una vivienda dejarán de pagar la renta al propietario hasta que triunfe el gobierno revolucionario y se legisle.
Tercera.- Los inquilinos que tengan menos de 15 años habitando una vivienda y pagando renta por ello pagarán únicamente el 10% del salario que gane el jefe de la familia y dejarán de pagar al llegar a cumplir los 15 años viviendo en el mismo lugar.
Cuarta.- Los lotes urbanos que cuenten ya con servicios públicos pueden ser ocupados inmediatamente, notificando a las autoridades civiles libre y democráticamente elegidas, para construir en dichos lotes habitaciones así sea en forma provisional.
Quinta.- Los edificios públicos vacíos y las grandes mansiones podrán habitarse en forma provisional por varias familias haciendo divisiones interiores. Para esto las autoridades civiles nombrarán comités de vecinos que decidan sobre las solicitudes que se presenten y otorgarán los derechos a vivienda según las necesidades y los recursos disponibles.
FUENTE: El Despertador Mexicano, Órgano Informativo del EZLN, México, No.1, diciembre 1993.
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