﻿<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	>
<channel>
	<title>Comments on: Michoacán - Despojo a las compañeras sindicalistas de congeladora de Zamora</title>
	<atom:link href="http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518/feed" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518</link>
	<description>Enlace con el Delegado Zero y la Comisión Sexta del EZLN</description>
	<pubDate>Thu, 18 Mar 2010 14:45:50 +0000</pubDate>
	<generator>http://wordpress.org/?v=2.6.3</generator>
		<item>
		<title>By: eagle north</title>
		<link>http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518#comment-13606</link>
		<dc:creator>eagle north</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 Dec 2006 16:58:18 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518/#comment-13606</guid>
		<description>Los lideres hispanos en estados unidos apoyamos su movimiento asi como el de la appo y a sus lideres,el presidente ilegitimo ya empezo a traicionar a los lideres de pueblo saludos les desea eagle north lider y defernsor de la raza en usa</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Los lideres hispanos en estados unidos apoyamos su movimiento asi como el de la appo y a sus lideres,el presidente ilegitimo ya empezo a traicionar a los lideres de pueblo saludos les desea eagle north lider y defernsor de la raza en usa</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: Lic. Jaime Arizaga Sánchez</title>
		<link>http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518#comment-9650</link>
		<dc:creator>Lic. Jaime Arizaga Sánchez</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 31 Oct 2006 06:35:21 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518/#comment-9650</guid>
		<description>Sabíamos que depués de Dios quedaban ustedes, hemos recibido con mucho agrado sus opiniones y expresiones de solidaridad, las que agradecemos infinitamente y que en medio de tantas lamentaciones que padece nuestro pueblo pudieramos pensar que es impropio querer protagonizar con nuestro sentimiento los sentimientos desgarradores que le con-duelen a nuestors compatriotas en todas las latitudes de nuestro país, los de abajo, los de a la izquierda, seguimos luchando por hacer de todas las causas una sola, pero en este caso en particular como el otros muchos, "esto sí es un complot de estado" y por lo tanto damos por menorizado informe de nuestra situación a nuestro mejor entender, esperamos sea de su comprensión para que lo difundan, ya que ningun medio lo ha publicado, ¿Seguramente que nos estan ignorando? sí, como a todos los de abajo.

Lic. Jaime Arizaga Sanchez.

Esperanza Arreguín Miranda.
Secretaria General del SIndicato Democrático de la empresa "Frutas Refrigeradas de Zamora" LAZARO CARDENAS.

___________________________________

Antropólogo Lázaro Cárdenas Batel.
Gobernador Constitucional del estado de Michoacán.
Con atn. A La Dra. Elena Pérez Duarte. (Fiscal). PGR.
Con atn. Al C. Lic. Enrique Bautista Villegas. Secretario de Gobierno
Amnistía Internacional Sección Mexicana.
Amnesty International
PRESENTES.-


Quienes suscribimos apelamos a su noble instancia para que en su Carácter de gobernador de nuestro Estado de Michoacán,  y que tiene el atributo legal para evitar una infamia en nuestro perjuicio, exponemos a continuación algunos por menores de nuestra situación concreta.
Rogamos de usted en su calidad de Jefe del Ejecutivo de nuestra entidad se aboque en instruir al presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, para no  permitir despojos y detrimentos a nuestros derechos laborales.

La Junta Local de conciliación y Arbitraje del Estado a punto esta de legitimar un fraude descomunal, (La Especial No.2) “!NO LO PERMITA SR. GOBERNADOR”¡.

Agradecidas estamos de antemano de su conducta humana y criterios justos siempre de buen proceder, le deseamos mucho éxito en sus tareas las cuales respetamos y elogiamos.
Agradecemos infinitamente la atención que se dignen prestar a esta humilde solicitud    (Anexamos documentos que exponen con mayor precisión nuestro problema).

ATENTAMENTE:
ESPERANZA ARREGUÍN MIRANDA
POR EL COMITÉ EJECUTIVO DEMOCRÁTICO.
Sindicato de la congeladora “Frutas Refrigeradas, S. A. de Zamora de Hidalgo Michoacán”

AVENIDA MARTINEZ DE NAVARRETE  No. 810, COLONIA LAS FUENTES, ZAMORA MICHOACÁN.

jasarizaga@hotmail.com
--------------------------------------------------------
-----------------------------------------------------------
DEFRAUDAN A 555 TRABAJADORAS OBRERAS DE SUS DERECHOS LABORALES, Y PRETENDEN DESPOJAR DE SU PATRIMONIO OBTENIDO POR LAUDO LABORAL.


	Se constituye el Sindicato de la congeladora “Frutas Refrigeradas, S. A. de Zamora de Hidalgo Michoacán” en el año 1966.
	Ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán, bajo el numero general 194,  numero progresivo 536/966 en la Junta Especial No. 2. Y cuyo expediente es 15/265.3/2.
	En escritura pública bajo el tomo 543 y registro número 51 ante la fe de Notario Público, con raíz y ejercicio en Zamora Michoacán a cargo del C. Lic. Efrén Contreras Vallejo, se transcribió el Laudo laboral emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje No. 16 que falla a favor del Sindicato “Lázaro Cárdenas” por rebeldía de la empresa “Frutas Refrigeradas S. A. donde se adjudican y se da posesión a 555 socias trabajadoras en el año de 1984.
	Desde entonces se enquistó  como representante legal al C. Lorenzo Escobar Vejar, líder de la CROC En el estado de Michoacán, quién estratégicamente a su beneficio escrituró el patrimonio sindical a favor del Comité Ejecutivo de dicho Sindicato sin hacerlo a nombre de las 555 socias beneficiarias del laudo laboral antes mencionado.
	Desde esas fecha se impuso este con una camarilla en el Comité Ejecutivo del Sindicato “Lázaro Cárdenas” de la empresa Frutas Refrigeradas, violentando el ordenamiento interno o estatutos sindicales y la Ley Federal del Trabajo, perpetuándose indebidamente en el cargo esta camarilla de directivos, año con año y con la anuencia de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán.
	Fueron 21 años los que se mantuvieron rotándose los cargos en el Comité Ejecutivo, sin rendir cuentas del estado y administración de la empresa y sin hacer  las liquidaciones que por ley corresponden a cada uno de los trabajadores, en ese periodo se hizo la venta parcial de los bienes registrándose 3 ventas; una con el registro 58 tomo 327; otra con el registro No. 5 tomo 585, otra con el registro 75 tomo 546, de las cuales nunca se explicó el uso y destino de los recursos ni se manifestó en las Asambleas informe alguno de dichos ingresos por las ventas sostenidas. Tampoco se emitió informe de los ingresos por concepto de las rentas y uso del equipo e infraestructura que permitieron rentar a particulares durante los 21 años de administración de estos comités ejecutivos.
	Desde entonces solo se presentaron trece padrones o listados nominales de socios para fundamentar sus solicitudes de TOMAS DE NOTA, o registros sindicales ante las autoridades laborales, alterando el padrón nominal en los diferentes años en que se presentó padrón o listado afectando a la distancia del tiempo y reconociendo como último padrón el de 337 socias, sin haber causado baja formal ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, y sin haber sido liquidadas conforme a la Ley Federal del Trabajo, no obstante la Junta Local admitía indebidamente las reducciones al padrón y los derechos de socias trabajadoras listadas en dicho padrón, pero después del análisis exhaustivo hecho por las socias de la base trabajadora se dedujo que están alterados  los nombres, apellidos, y existen omisiones de nombres de socios originales y fueron incluidos nuevos socios que no fueron listados originalmente según el laudo laboral emitido por la Junta Laboral 16 de la de Conciliación y Arbitraje.
	De entre los vicios que más se destacan en la toma de nota de los comités ejecutivos de los últimos 20 años, es la violación a la norma estatutaria consistente en: la no rendición de cuentas, la no emisión de convocatoria para la renovación de comité ejecutivo sindical, el no pasar lista de asistencia de socios, el no establecer un padrón oficial de socios con sus datos generales, el no contar con quórum necesario de asistentes y, la reelección de los miembros del comité ejecutivo sindical, a más de la falsificación de firmas de los socios, así como de la alteración de las actas de supuesta asamblea con corrector y sobreposición de firmas; además de toma de notas suspendidas por intervalos de 3 años y suspensión de traslado de un secretario general al nuevo secretario general; además admiten los traslados de un Comité con el registro del Secretario General de la CROC en el Estado ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje sin que este acredite su carácter o personalidad jurídica.

LA DEMOCRATIZACION
	Surge como respuesta ante tanta injusticia la conformación del 33% de socias trabajadoras de dicho sindicato para solicitar al presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, Dr. José Francisco Becerril Mendoza, se digne solicitar al Comité Ejecutivo Sindical nueva convocatoria para la elección del Comité Ejecutivo, negándose éste a intervenir en dicho asunto, luego entonces procedió ésta comisión a notificar al Comité Ejecutivo saliente y dio vista de su convocatoria en los medios de comunicación y también pidió la intervención del C. Lic. Enrique Bautista Villegas, para que diera fe de la Asamblea Estatutaria donde se elegiría Comité Ejecutivo para el periodo 2004, llevándose a efecto el día 6 de agosto de 2004 con la presencia del comisionado de la Secretaría de Gobierno C. Prof. Javier Herrera y del Notario Público  111 a cargo del C. Lic. Octavio Dieguez Camarena, de esta Ciudad  de Zamora Mich., por lo que se precedió  a efectuar la solicitud de toma de nota ante dicha junta especial No. 2, pero les fue negada a la base trabajadora tal derecho arguyendo falsos escrúpulos legales en perjuicio  de la base trabajadora y haciendo la toma de nota del comité espurio y contrario del interés de la base trabajadora , que obviamente legitimaban a los socios que integraban los tradicionales comités repetitivos, por lo que se acudió al recurso de Amparo interponiendo demanda en el Juzgado Noveno  de Distrito con cede en la Cd. de Morelia Michoacán, amparo No. I-593/2005, el cuál debido a los alcances del Líder Sindical Estatal fue sobreseído dicho amparo, por lo que recurrimos a la revisión de la sentencia bajo el No. 605/2005 ante el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Primer  Circuito.

EL FRAUDE DEL FRAUDE

	En fecha 26 de abril de 2005 la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, especial No. 2 en proveído No. J-VI-30/2005, se pidió la ratificación del contenido y firma del acta de asamblea, motivo de la solicitud de toma de nota de cada una de las socias asistentes ante la Junta Especial No. 6 de Conciliación y Arbitraje, a la cuál acudieron las socias en la cantidad de 191, ya que el exhorto solo dio un margen de una semana para cumplimentarse. Por lo que también las socias sindicales dieron aviso a las autoridades locales del orden municipal, legislativas  locales y federales de los distritos respectivos para que atestiguaran  dicha ratificación. Acuden entonces las socias con el Presidente Municipal C. Ing. Pablo Gutiérrez Galván y le señalan  que por ningún motivo emita los recibos del impuesto predial a quién se ostente como directivo del Comité Ejecutivo Sindical sin acreditarlo con forme a derecho, es decir, hasta que no se resolviera el recurso de Amparo que se había interpuesto y hasta que la nueva toma de nota fuera legal y legitima y ese fue el compromiso con el presidente municipal de Zamora Mich. Quién más tarde traicionó su palabra empeñada y emitió los recibos  a supuestos directivos sindicales, sin que estos contasen con el carácter y reconocimiento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán.

	El 14 de junio del año 2006 emiten los recibos y preconizan las causales del fraude. En esa fecha aún no se resolvía el recurso de revisión de Sentencia de Juicio de Amparo ante el tribunal antes citado y como no se había emitido resultante por tal motivo no se había formalizado   la representación sindical por la AUSENCIA DE TOMA DE NOTA, ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje ya que el expediente relativo al Sindicato No. 15/265,3/12 se encontraba en custodia por el tribunal de referencia en calidad de informe justificado. 
	Mientras tanto el notario publico Lic. Efrén Contreras Gaitan Notario sustituto No. 53 de la Ciudad de Zamora (hijo del transcriptor del laudo laboral Lic. Efrén Contreras Vallejo) se apresta en formalizar un contrato de compraventa según la escritura publica 9,759 (nueve mil setecientos cincuenta y nueve) relativa a la venta del inmueble patrimonio de los sindicalizados, pertenecientes al sindicato en mención, en donde los ciudadanos de nombres Ofelia Velásquez Bravo, Silvia Velásquez Bravo, David Alvarado de Anda, Margarita Estrada Ibarra, Maria Guadalupe Chávez Rubio, Tomas Martínez Mendoza y José Herrera Castillo, todos ellos ostentándose como Comité Ejecutivo de dicho Sindicato y actuando como vendedor en el documento del que se habla y han dispuesto sin derecho y sin tener la personalidad ostentada de los bienes patrimonio del sindicato dejando en descubierto su dolo y mala fe en agravio de las 555 socias trabajadoras reconocidas por el laudo laboral emitido por la Junta No. 16 de Conciliación y Arbitraje.
	Por lo que inmediatamente se dio vista a los Magistrados del Tribunal, al Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje , así como al C. Secretario de Gobierno del Estado de Michoacán para que intervinieran en éste asunto con estricto apego a la Ley. (Para que no cometieran una injusticia las autoridades laborales y el Comité Ejecutivo que suplantó las funciones, cosa que no fue así )


	EL FRAUDE 

	En la escritura 9,759 podemos destacar que el comprador es la empresa inmobiliaria Michoacana “La Media Luna” y que por casualidad la dirige Eduardo Gaitan Uribe, homónimo en un apellido con el notario de referencia, así  también tazan la venta de la empresa a la suma de $18 500 000.00 (dieciocho millones quinientos mil pesos 00/100 MN), pero se sabe que fue por la cantidad de 30 000 000.00 (treinta millones de pesos) en lo que fue vendida auténticamente, por lo que es descomunal dicho fraude.
	El Comité que actualmente suplanta funciones en calidad de Comité Ejecutivo Sindical sin registro o sin toma de nota ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán, pretende legitimarse con su solicitud de toma de nota, pero hemos de advertir que su acción fraudulenta ha violentado todos los artículos contenidos en los estatutos internos del sindicato, así como la Ley Federal del Trabajo, y por consecuencia no se le puede autorizar a dichos miembros formar parte del comité ya que incurrieron en un delito de fraude genérico,  contenido en el Código Penal del Estado de Michoacán, así también rompen todo precepto legal al hacer apología del delito, ya que  emitieron una convocatoria en la que pretenden liquidar a los trabajadores y saldar sus prestaciones laborales (convocatoria fechada 20 de septiembre del 2006, publicada en el Sol de Zamora Michoacán).
	Actualmente están visitando los domicilios de las socias trabajadoras y les están amenazando y ofreciendo dinero para su liquidación corrompiendo la moral de las socias, así como también  están lucrando con el hambre y la necesidad de las socias, involucrándolas en un delito. Además se sabe que en el acuerdo fechado 4 de octubre 2006 el presidente de la Junta Especial no. 2 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, les insta a las hoy vendedoras que tienen tres días para presentar la lista de asistencia de socias, por lo que sabemos que las liquidaciones que están figurando o realizando de manera ficticia son con el propósito de obtener las firmas de las listas de asistencia para así legitimar su conducta ilegal e ilegitima. (Desconfiamos del tribunal Colegiado de haber recibido dinero de esta compra-venta puesto que no sancionó ni dio vista a la gente del Ministerio Público Federal para frenar este fraude).

	Cabe destacar que después de 21 años de ocurrida la huelga, las obreras que conformaron el padrón sindical de 555  socias, la mayoría son mujeres, son de la tercera edad y más del 60% padecen de enfermedades crónicas, 15 de ellas padecen cáncer Cervico uterino, otras de peor manera han muerto en la miseria sin atención alguna.
	En cambio las socias que se han perpetuado en los comités ejecutivos sindicales gozan de cabal salud y disponen  de los dineros de todas las socias.	

POR EL COMITÉ DEMOCRÁTICO PRODUCTO DE LA BASE SINDICAL 

	Las mismas que nos constituimos en el 33% de la base sindical pedimos a las autoridades, a la sociedad en general y a los medios de comunicación que se frene esta maniobra de los que se ostentan indebidamente como  Comité Ejecutivo Sindical para que estos no sean admitidos en el registro sin sindical y no alcancen a obtener su toma de nota .¡ ya que seria un crimen!.. 
También pedimos a los miembros de la Junta Especial No. 2 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán que no validen a este comité criminal y frenen sus acciones atentatorias al estado de derecho.
	Actualmente la base sindical ha efectuado dos Asambleas subsecuentes a la del 6 de agosto del año 2004, motivo de la primer demanda de amparo, actualmente se hizo la solicitud de toma de nota del nuevo comité ejecutivo sindical  de los años lectivos 2005 y los relativos al año 2006, ante la Junta Especial No. 2 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán, puesto que las asambleas fueron efectuadas, una  ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado y otra ante el personal autorizado por la Secretaria de Gobierno del Estado de Michoacán.

Atentamente

Esperanza Arreguín Miranda 
Secretaria General 2006-2007
Por el Comité Ejecutivo Democrático.


AVENIDA MARTINEZ DE NAVARRETE  No. 810, COLONIA LAS FUENTES, ZAMORA MICHOACÁN.

jasarizaga@hotmail.com




*Anexamos oficio girado a las autoridades locales.

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CIUDADANO PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION 
Y ARBITRAJE DEL ESTADO.




						JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOS.
						REG. SINDICAL 15/265.3/12
						SINDICATO DE TRABAJADORES DE 								LA EMPRESA FRUTAS REFRIGERADAS 
						S.A.”LAZARO CARDENAS” DE 			
						ZAMORA MICHOACAN, C.R.O.C.



Jaime Arizaga Sánchez, en mi carácter de apoderado jurídico de las trabajadoras integrantes del 33% del  Sindicato de Trabajadores “Lázaro Cárdenas” de la Empresa Frutas Refrigeradas, S.A., de Zamora Michoacán de la  C.R.O.C. señalando domicilio para oír y recibir notificaciones el numero 810, de la calle Martínez de Navarrete de la Colonia las Fuentes de la ciudad de Zamora Michoacán, ante usted con todo respeto comparezco y expongo:


Gestiono dentro del expediente sindical registrado con el número 15/265.3/12, que se lleva ante la Junta Especial numero dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado:


CON OBJETO O CON LA FINALIDAD DE QUE SE REGULARICE LOS AUTOS O ACUERDOS DE TOMA DE NOTA CON RELACION A LA PETICION SOBRE EL RECONOCIMIENTO DE NUEVO COMITÉ EJECUTIVO.  Para lo sucesivo:


Por auto de fecha 4 cuatro de octubre del año 2006, dos mil seis, los C.C. Integrantes de la Junta Especial Numero dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán, “Requiere al Peticionario Lorenzo Escobar Bejar, en su carácter de Secretario General del Comité Ejecutivo Estatal de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos, del Estado de Michoacán,  relativos a la petición sobre reconocimiento del nuevo Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores “Lázaro Cárdenas” de la Empresa Frutas Refrigeradas, S.A., de Zamora Michoacán, lo requiere de nueva cuanta para que presente los nombres y firmas de la personas que asistieron a la asamblea extraordinaria de fecha nueve de junio de dos mil cinco, con apercibimiento que de no hacerlo perderá su derecho para hacerlo con posterioridad. Hecho lo anterior se acordara lo que en derecho proceda.”

En cumplimiento a lo establecido por el Art. 7, de los estatutos que rigen la vida interna sindical, y que para tal efecto prevé la Ley de la materia, para que el sindicato tenga representación legitima, que también establece la Ley Federal del Trabajo.

Al solicitar la REGULARIZACION DEL PROCEDIMIENTO, en los autos de tomas de nota se corrijan en lo sucesivo los errores, omisiones que contiene cada auto de toma de nota que contienen año con año, y que son:

Con fecha 17 de octubre de 1980, el Sindicato de Trabajadores “Lázaro Cárdenas” de la Empresa Frutas Refrigeradas, S.A., de Zamora Michoacán de la  C.R.O.C. emplazo a huelga a la Empresa Frutas Refrigeradas de Zamora, S.A.

Tomando como punto de referencia esta fecha inmediata anterior señalada, año con año, se han venido dictando autos o tomas de nota que contienen errores, omisiones, cambios dolosos, mala fe,  otros cambios  intencionales  y otras alteraciones a la verdad jurídica, que a continuación en forma genérica señalo:

1.-falta de firmas de asistentes a la asamblea electoral.
2.- falta del padrón de socios del sindicato que asistieron a la asamblea general ordinaria que eligió Comité Ejecutivo Sindical,
3.- falta el nombramiento de director de los debates, su firma y nombre completo que debe contener el acta electoral.
4.- falta convocatoria para la elección de nuevo Comité Ejecutivo Sindical.
5.- falta la sanción de que la Autoridad debe imponer cuando hay reelección de funcionarios  del Comité Ejecutivo Sindical.
6.- no se observa lo que ordena el artículo 7º de los estatutos del sindicato en los párrafos  primero, segundo y tercero.
7.- no presentan responsables de carteras, esto es presentan comités ejecutivos incompletos de carteras.
8.- no se Respetan los tiempos estatutarios para celebrar asamblea electoral.
9.- no existe rendición de cuentas de las ventas y rentas.
10.- no se celebra asamblea electoral anual como lo ordena el artículo 7º de los estatutos sindicales.
11.- no existen registros sindicales o tomas de nota anuales.
12.-existe alteración de firmas de socios sindicales.
13.-utilizan nombres distintos a los de los socios del sindicato.
14.- utilizan apellidos distintos a los de los socios del sindicato.
15.-omisión de nombres de socios del padrón sindical original.
16.-incluir socios que no pertenecen al sindicato.
17.-repiten nombres de socios como alteración del padrón original.
18.- falsificación de firmas de socios miembros del sindicato.
19.- causan baja de socios sin su consentimiento.
20.-alteración de actas de asamblea electoral en sus firmas.
21.- alterando la asistencia de socios a la asamblea, que normalmente es inferior al porcentaje.
22.- se altera el padrón original de 555 socios que emplazaron a huelga y fueron reconocidos en el laudo dictado por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, numero 16 dieciséis-.
23.-falta de exhibición del padrón y de las firmas en asamblea electoral. (acta).-
24.- sin acreditar la personalidad o personería del promovente solicitando el acreditamiento del Comité Ejecutivo electo en asamblea electoral.
25.- afectación al padrón numérico de socios en la elección anual electoral.
26.- liquidaciones a espaldas de la junta y sin a la ley Laboral.
27.-no hay rendición de cuentas administrativas del sindicato que se debe de dar cuenta a la junta especial respectiva.
28.- Las socias Ofelia Velásquez Bravo, Silvia Velásquez Bravo, David Alvarado de Anda, Margarita Estrada Ibarra Ma. Guadalupe Chávez Rubio, Tomas Martínez Mendoza, José Herrera Castillo, del Sindicato USURPAN FUNCIONES  y se autoproclaman funcionarios del Comité Ejecutivo Sindical, violando el Articulo 24 de los estatutos.
29.- Comité Ejecutivo Sindical usurpante esta firmando las escrituras de venta del inmueble Registrado a favor del Sindicato y que pertenece en propiedad y mancomun y proindiviso a favor de las 555 trabajadoras ordenado en laudo dictado dentro del Expediente de huelga No. III Tres Romano, guión cinco mil trescientos diagonal ochenta, (III-5300/80), Secretaria de Huelgas estalladas, Tramitado ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje  Numero 16, (en la que se tramitan las huelgas.)
30.- Las peticiones relatadas anteriormente están en su contenido, valor y alcance fuera de la norma estatutaria y de la norma establecida por la Ley Federal del Trabajo en vigor.
La anterior petición la apoyo en la relación sucinta a lo manifestado anteriormente en documento que por separado adjunto a esta petición en el que señalo con más precisión 



La anterior petición la hago en cuanto representante legal, del  Sindicato de Trabajadores “Lázaro Cárdenas” de la Empresa Frutas Refrigeradas, S.A., de Zamora Michoacán de la  C.R.O.C.



Por lo expuesto y fundado además en el Artículo 8º de la Constitución General de la Republica: 


	A usted ciudadano Presidente atentamente pido:

	Se me tenga por solicitando la REGULARIZACION DEL PROCEDIMIENTO que se ha venido aplicando.
	Como resultado de todo lo anteriormente expuesto en forma expresa solicito que al sindicato citado anteriormente se le niegue toda solicitud sobre reconocimiento en la toma de nota respectiva, en tanto cuanto no se llenen los requisitos señalados por el Articulo 7º de los estatutos que rigen la vida interna sindical. Y en especial toda promoción que provenga del Comité Ejecutivo USURPADOR DE FUNCIONES, supuesto representante Legal de la Organización Sindical.


	Se me tenga por exhibiendo la relación sucinta en documento anexo y en su momento se tome en cuenta para dar curso a la petición que estoy haciendo.


	Se me tenga por haciendo esta petición en tiempo y forma.




*Anexamos otro oficio girado a las autoridades locales.

Morelia Michoacán a 12 de Octubre del año 2006.




------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------







CIUDADANO PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO.


                                                                   JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOS.
                                                                  REG. SINDICAL 15/265.3/12
                                                                 SINDICATO DE TRABAJADORES DE
                                                                 LA EMPRESA FRUTAS REFRIGERADAS
                                                                S.A. “LÁZARO CARDENAS” DE
                                                                ZAMORA MICHOACAN, C.R.O.C.


Jaime Arizaga Sánchez, en mi carácter de apoderado jurídico de las trabajadoras integrantes del 33% del Sindicato de Trabajadores “Lázaro Cárdenas” de la Empresa Frutas Refrigeradas, S.A. de Zamora Michoacán de la C.R.O.C. señalando para oír y recibir notificaciones el número 810, de  la Calle Martínez de Navarrete de la Colonia Las Fuentes de Zamora Michoacán, ante usted con todo respeto comparezco y expongo:


A continuación un análisis exhaustivo del expediente que obra en la junta local de Conciliación y Arbitraje del Estado, bajo el numero general 194 y número progresivo 536/966 en la Junta  Especial número 2 (15/265.3/12). En el que se desprende información detallada verificable en el mismo expediente emitidas en mi favor por la misma junta con fecha 6 de junio del 2005.

Antecedente de la Junta Local de Conciliación y arbitraje.
Existe como antecedente registrado localmente solo el consecutivo de alguno de los padrones de socios de algunas listas de asistencia de socios correspondientes a los años siguientes:


-	año de 1982
-	año de 1988
-	año de 1992
-	año de 1993
-	año de 1994
-	año de 1995
-	año de 1996
-	año de 1997
-	año de 1998
-	año de 1999
-	año del 2000
-	año del 2001
-	año del 2002.






DE LAS TOMAS DE NOTA:

Año 1980. 
Es evidente que no emiten convocatoria los miembros del Comité Ejecutivo Sindical, previa para celebrar asambleas; de igual manera, no presentan lista de asistencia de los socios, ni muestran a la Junta Local el padrón oficial de socios. (En el que debería de incluirse  los nombres, edad, domicilios, oficios y fechas de ingreso y de antigüedad, sueldos etc.)

Además se reeligen en el Comité Ejecutivo excediendo el número de funcionarios sindicales permitidos por los estatutos del sindicato, para repetir cargo en el Comité Ejecutivo, imponiéndose violatoriamente con un una reelección del 100% de socios Directivos  reelectos.
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL ANTE LA ASAMBLEA.

Año 1981.
No emiten  convocatorias previas de asambleas.
De igual manera, no presentan lista de asistencia,  ni las firmas de los supuestos asistentes, ni muestran a la Junta Local de C. y A. padrón de socios.
Además se reelige el Comité Ejecutivo excediendo el número de socios permitidos por los estatutos, para repetir cargo,  con una violatoria participación del 100% de socios reelectos.
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.

Año de 1982. 
No existe registro de emisión de Convocatoria previa de asamblea.  
Se dicen celebrar la asamblea el día 7 del mes de octubre en 1982. fecha en que evidentemente concluyó la vigencia del Comité Ejecutivo, por lo tanto no se trasladó el mandato del Comité Ejecutivo en funciones al registrado  como nuevo Comité Ejecutivo.
No presentan las Comisiones de Honor y Justicia y Comisión de Hacienda, ni para la integración debida, ni quien ocupe estos  nombramientos tal y como lo obligan los estatutos internos.
De igual forma, no se respetan, los tiempos estatutarios para celebrar  asamblea, ni se respeta el  periodo lectivo, puesto que se celebro dicha asamblea a destiempo, (el día 7 de  octubre de 1982.) 
No presentan lista de asistencia, ni las firmas de asistentes tal como debiera corresponder de acuerdo.
Observaciones: Omiten 2 personas listadas y son registradas con el numero de lista  de socios 464 y 524 y se trata de las personas: Quintero Quintero Hermelinda y Del Toro Ruiz Ma. de Jesús. 
Además se repite el nombre de un socio.(1) 
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.
*Afectan al padrón numérico original en un .54%





Año de 1983. 
No existen registros de convocatoria previa de asamblea firmada por el La Secretaria General y la Secretaria de Actas, como lo exige el estatuto interno sindical.
No presentan las Comisiones de Honor y Justicia, ni Comisión de Hacienda, ni quien ocupe dichos nombramientos.(EL Comité es Registrado incompleto por la Junta Local de C. y A.)
.
No se respetan los tiempos o periodos estatutarios para  efectuar  asamblea, ni los tiempos para ejercer el periodo lectivo, puesto que se presume se celebro asamblea el día 13 de  enero de 1983.

Además se reelige el Comité Ejecutivo indebidamente excediendo el número de socios permitidos por los estatutos para repetir cargo, con un total del 100% de socios reelectos.
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.

Año de 1984. 
No emiten convocatorias previas para efectuar asamblea, ni se encuentran antecedentes de convocatoria registrados en el libro.
No presentan la lista de asistentes de asamblea, ni ofrecen firmas de los asistentes.
No se respetan los tiempos estatutarios para efectuar  asamblea, ni los correspondientes al del periodo lectivo, puesto que se celebro el día 7 de  enero de 1984. (Por lo tanto se traslado  la representación de un Comité Ejecutivo  a otro que dejo de tener vigencia).
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.

Año de 1985.
No emiten  convocatoria previa a la  supuesta asamblea.
No existe registro de  lista de asistentes de asamblea, ni de las firmas de los supuestos asistentes.
No respetan los tiempos estatutarios para celebrar  asamblea, ni de su periodo lectivo, (por lo tanto el traslado de la representación de un Comité a otro Comité, dejo de tener la vigencia de ley) puesto que se celebro el día 7 de  enero de 1985.
No hubo registro de  presentación de padrón de socios.
Omiten a 6 representaciones sindicales eliminando las Comisiones de Honor y Justicia y Comisiones de Hacienda.(violentando los Estatutos Sindicales.) NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.

Año de 1986.
No existe registró de toma de nota. ni documentación que acredite la Toma de Nota de Comité alguno, ni asamblea estatutaria.

Año de 1987.
No existe registro de Toma de Nota, ni documentación. 
No existe registro de asamblea estatutaria.


Año de 1988.
No emiten  convocatorias previas para efectuar asamblea.
No existe registro de  lista de asistencia de socios  y de sus respectivas firmas.
Nota:
Una vez suspendido el cargo de Secretario General del Sindicato y sin efectuar asamblea y sin cumplir los estatutos en  los dos años  antecedentes y sin registro  de Toma de Nota, se admite indebidamente la firma como Secretario General de quien no tenía vigente su cargo  y se traslada el derecho a otro Comité Ejecutivo indebidamente por  la Junta Local de C. y A. para la nueva Toma de Nota.
. 
NUEVOS ANÁLISIS A PARTIR DEL METODO COMPARATIVO.
Se presentan inconsistencias GRAVES en el análisis del padrón, errores y omisiones intencionales de la última lista o padrón de socios, ambos aprobados indebidamente por la Junta Local de C. y A., y que consisten en:
1.	cambios de nombres:  22 socias
2.	cambios de apellidos: 6 socias
3.	omisiones de nombres indebidamente: 12 socias
4.	nuevas inclusiones de socios e indebidas: 11 socias
5.	repiten nombre en la lista: 6 socias.
Total de inconsistencias: 57 en perjuicio de la base laboral.
Nota: del comparativo tomado de la ultima lista aprobada por la Junta Local se registran  del año  1982 al año  1988 dichos resultados, a pesar que en 1982 se listaron 555 socias con los errores señalados del año 1982 que reducen a 3 socios dicha lista.
Cabe señalar que en 1982 la Junta Local aprueba 553 socios injustamente y solo son 550 dentro de esta lista, si se verifica dato por dato el padrón presentado.(se anexan listados y padrones).
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.
*Afectan al padrón numérico original en un 10.27%

Año 1989. 
No presenta el Comité Ejecutivo convocatoria previa para efectuar asamblea estatutaria.
No presenta padrón de socios, ni presentan a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje la lista  de asistencia, ni las firmas de supuestos asistentes a Asamblea. 
Se evidencia la Reelección del 61% de socios miembros del Comité Ejecutivo que rebasan lo permitido por el dispositivo estatutario para repetir cargo.
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.
Año de 1990.
No presentan padrón de socios, ni de asistentes, no existe registro de lista de asamblea, no efectúan  asamblea y por lo tanto el Sindicato queda sin Toma de Nota y no existe Comité electo.
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.
Año de 1991.
No se  presenta  convocatoria, no presentan padrón de socios, no existe lista de asistentes, no se efectúa  asamblea Estatutaria. Pero se abunda el vicio en que la Secretaria General SIN VIGENCIA LECTIVA  traslada indebidamente su cargo a la nueva Secretaria General (y es la misma persona quien lo ocupa), cuando su vigencia legal había concluido y que contaba con un año de haber fenecido ya el carácter y/o  cargo legal. Pero fue reelecta con  el aval de la Junta Local de C. y A.
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.
Año de 1992.
No presentan convocatoria para efectuar asamblea estatutaria. Si presentan lista de asistentes, en ella  falsifican las firmas de las socias y se evidencia como se altera el listado de firmas de asistencia con corrector y sobreponiendo firmas sobre firmas como es el caso visible  de la listada como socia número 11 (alterada), socia número 59, (alterada), además existe numeración alterada en la lista numeral presentada, se evidencia el socio listado (con el número) 221 en el nombre (alterado), se destaca en dicha  lista que presentan un total de 484 socias aparentemente por “reestructuración del padrón”  

NUEVOS ANÁLISIS A PARTIR DEL METODO COMPARATIVO.
Se presentan  además inconsistencias GRAVES en el análisis del padrón, errores y omisiones intencionales de la última lista o padrón de socios, ambos aprobados indebidamente por la Junta Local de C. y A.. que consisten en:
1.-cambios de nombres: 29 socias
2.-cambios de apellidos: 4 socias
3.-omisiones de nombres de socias indebidamente: 80
4.-nuevas inclusiones de socias  indebidas: 19 socias
5.-repiten nombre en la lista: 5 socias.
Total de inconsistencias: 137 en perjuicio de la base trabajadora.
Del comparativo de esta lista aprobada por la junta local de Conciliación y Arbitraje, se registran  del año  1982 al año  1992, una disminución del padrón de socios con una grave tendencia a la baja directa e indirectamente en dichos resultados. la que corresponde al año  1982 había 555 realmente listadas, en 1988 había 550 y para el año 1992 se reduce a 484 indebidamente. 
Se evidencia además que  el 80% de miembros del Comité Ejecutivo rebasan lo permitido por el dispositivo estatutario para ser reelectos.
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.
*Afectan al padrón numérico original en un 24,68%

Año de 1993. 
No presenta convocatoria para efectuar asamblea.
Son en este año 484 socias las listadas en supuesta asamblea efectuada y donde falsifican las firmas de  las llamadas asistentes  a dicha asamblea. 
(Se reduce a 484 el número de socias indebidamente.).
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.
Año de 1994. 
No hubo convocatoria previa para efectuar Asamblea estatutaria.
Se dice se efectúa asamblea la cual esta alterada, donde se evidencia que las  socias listadas con los números 259 del Padrón y de la 485; también se aumenta indebidamente este padrón con otro socio no registrado en sus orígenes quedando la cantidad de 485 socias. Además se presentan falsificadas las firmas de las listadas como asistentes.
Además se reelige el Comité Ejecutivo excediendo el número de socios permitidos por los estatutos con un 100% de socios reelectos en dicho Comité Ejecutivo.
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.



Año de 1995.
Se listan en un  nuevo  padrón injustamente  381 socias. “por actualización de padrón” indebidamente por la Junta Local y por el Comité Ejecutivo injustamente inscrito, además se admite una reducción de socios por la cantidad de 104 (socios) que quedan excluidos. 
En el acta de asamblea se dice que participa el 85% de socios en esta, pero las firmas de asistencia se contabilizan por la cantidad 286 que no significan el porcentaje referido en dicha acta, se miente a la Junta Local de C. Y Arbitraje  puesto que significarían solo el 75%.
Las firmas además  son alteradas, puesto que las socias a quien dicen representar no asistieron.
Incluyen así un nuevo padrón de socios en el historial del sindicato por la cantidad de 381 indebidamente, puesto que no explican la causa de su baja y la Junta Local de C. y A.  lo ratifica de esta manera en perjuicio de la base trabajadora..
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.
*Afectan al padrón numérico original en un 18.73%

NUEVOS ANÁLISIS A PARTIR DEL METODO COMPARATIVO.

COMAPARATIVO DEL PADRON DE SOCIOS 1982 CON RESPECTO AL PADRON DE 1995.
1. cambios de nombres:  16 socias	 	 	 
2. cambios de apellidos: 2 socias	 	 	 
3. omisiones de nombres indebidamente: 188 socias	 	 	 
     Omiten 173 socias + 15 nombres de socias  nuevas incluidas
     al padrón  de forma indebida =188	 
4. nuevas inclusiones de socios e indebidas: 15 socias.
	 	 	 
     Errores, omisiones, cambios dolosos intencionales,
  que afectan al hadrón de origen.= TOTAL: 221
				
*Afectan al padrón numérico original en un 39.81%	
				
			



Año de 1996. 
No hubo emisión de convocatoria de asamblea por los miembros autorizados del Comité Ejecutivo.. 
Presentan oficio de acreditación de Comité Ejecutivo de forma alterada en donde se evidencia en uno de los firmantes de sus comisiones (en dicho oficio), así como la alteración que cabe en el caso de la socia listada con número 356., y falsifican firmas de los supuestos  asistentes. No presentan padrón oficial de socios.
Se evidencia la reelección del 90% de socios miembros del Comité Ejecutivo que rebasan lo permitido por el dispositivo estatutario.
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.

Año de 1997. 
No emiten convocatoria para celebrar asamblea estatutaria.
Presentan un listado de socios alterado,  donde de la firma de la socia número 174 se presenta evidentemente  alterada y la número 222 (también esta alterada). Falsifican las firmas del listado de asistencia, la socia 268 (alterada) y socia 294 (alterada)  y la socia 322 (alterada). No exhiben padrón de socios oficial.
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.

Año de 1998. 
No emiten convocatoria previa para celebrar asamblea.
La solicitud de Toma de Nota no la hace el Secretario General saliente, lo hace indebidamente el dirigente de la Central Estatal de la CROC. Quien no acredita su carácter de representante Legal de este sindicato. ( se puede ver en oficio fechado 28 de abril de 1998 .)
La socia listada como asistente con  número 269 (se evidencia alterada).
No presentan padrón de socios. 
Falsifican las firmas de las socias que se dice asistieron.
El Dirigente de la Central Estatal CROC, nunca ha acreditado su carácter ni el reconocimiento por asamblea Nacional del Sindicato Lázaro Cárdenas,  ya que este es Sindicato se fundo independiente y desde su constitución no ha sido anexado a dicha Central. 
Se evidencia la reelección del 90% de socios miembros del Comité Ejecutivo que rebasan lo permitido por el dispositivo estatutario.
la Secretaria General ni la Secretaria de Actas no son quienes convocan, ni quienes acreditan el oficio de solicitud de toma de nota. Violentándose los estatutos internos.

NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.

Año de 1999. 
No emiten convocatoria previa para celebrar asamblea.
Indebidamente el Secretario General de la Central CROC. presenta oficio de registro del nuevo Comité, violentando los estatutos.  la Secretaria General ni la S
Secretaria de Actas no son quienes convocan, ni quienes acreditan el oficio de solicitud de toma de nota. Violentándose los estatutos internos
La lista de firmas de asistencia se presenta con alteración en los encabezados de páginas evidentemente.
De las listadas como supuestas  asistentes  se observa que la socia listada con el número 248 (esta alterada) y de la socia 227 (se ve de igual manera alterada). 
Falsificaron todas las firmas de las supuestas asistentes. 
Pero en el año 2004 presentan como liquidados para este año 1999, la cantidad de 1 socio de quien dicen pidió su liquidación.(sin obrar constancias)
 * El Dirigente de la Central Estatal CROC, nunca ha acreditado su carácter ni el reconocimiento por la Asamblea Nacional para representar al Sindicato Lázaro Cárdenas,  ya que este es Sindicato se constituyo como independiente y desde su constitución no ha sido anexado a dicha Central. 
La Secretaria General ni la Secretaria de Actas no son quienes convocan, ni quienes acreditan el oficio de solicitud de toma de nota. Violentándose así los estatutos internos.

NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.


Año 2000. 
No emiten convocatoria previa para efectuar asamblea.
Indebidamente el Secretario del Comité Estatal de la CROC, presenta el nuevo Comité Ejecutivo Sindical ante la Junta Local para su toma de nota.
En el acta de asamblea  fechada 30 de abril, la alteran con la firma de Tomas Martínez Méndez, evidentemente. 
Reducen el padrón de socios  a 361 indebidamente, con el conocimiento y tolerancia de la Junta Local 
No presentan padrón de socias. Y Falsifican todas firmas del listado de asistencia.
(Pero en el año 2004 presentan como liquidados para este año 2000, la cantidad de 39 socios quienes dicen pidieron su liquidación sin acreditarlo con lo solicitud de cada socio.)
Se evidencia la reelección del 90% de Socios miembros del Comité Ejecutivo que rebasan lo permitido por el dispositivo estatutario.
La Secretaria General ni la Secretaria de Actas no son quienes convocan, ni quienes acreditan el oficio de solicitud de toma de nota. Violentándose los estatutos internos.

NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL
*Afectan al padrón numérico original en un 34.95%



NUEVOS ANÁLISIS A PARTIR DEL METODO COMPARATIVO.

                            COMPARATIVO DEL PADRON DE SOCIOS DEL AÑO 1982 CON RESPECTO 
                           AL PADRON DEL AÑO  2000.
          1.-cambios de nombres: 9 socias	
          2.-omisiones de nombres de socias indebidamente:214
          Omiten indebidamente  193 socias del padrón original de 1982 
          que consiste en 554 socias y se cuenta con un padrón reducido
           para este año 2000 361 socios, e incluyen indebidamente 21
           nombres de nuevas socias en el   padrón 2000: 193 + 21  = 214

           3.- Nuevas inclusiones de socias  indebidas:  21socias
	
           Total de errores, omisiones e inconsistencias: 223. 
                                                      Afectan al padrón numérico original en un 40.18%
	

Año 2001.
Reducen el padrón de socios y socias sindicales indebidamente a 337. 
Alteran resultado de  lista de asistencia en la contabilidad de supuestas firmas asistentes de asamblea con una diferencia de 13 personas del total que según se menciona acudieron . 
En el acta de asamblea se ve que en ella, se violan los estatutos en toda su composición, puesto que  la Secretaria General no es quien convoca, ni elaboran para dicha asamblea el orden del día.( la Secretaria General ni la secretaria de actas no son quienes convocan, ni quienes acreditan el oficio de solicitud de toma de nota.)
 Indebidamente algunos miembros del ex-Comité Ejecutivo convocan y efectúan asamblea sin apego  al Artículo 365 de la ley federal del trabajo, además no cuentan con la firma de la Secretaria General quien es la que debiera trasladarles el cargo.
Pero en el año 2004 presentan como liquidados retroactivamente para este año 2001, la cantidad de 17 socios quienes dicen pidieron su liquidación. Sin existir antecedentes en esta Junta Local  de dicha solicitud.
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL


NUEVOS ANÁLISIS A PARTIR DEL MÉTODO COMPARATIVO.
COMPARATIVO DEL PADRON DE SOCIOS 1982 CON RESPECTO AL PADRON 
DEL AÑO 2001.
1.-cambios de nombres: 9 socias		
2.-Omisiones de nombres de socias indebidamente:238
  De un listado original de 554 socias (año 1982)  reducen
  indebidamente el padrón a 337 socios (año 2001) = 217	
 Omiten 217 socias mas 21 nombres de nuevas inclusiones 
 indebidas al padrón = 238	
3.-nuevas inclusiones de socias  indebidas: 21 socias	
		
4.-Total de errores, omisiones e inconsistencias: 268	
		
		
                             *AFECTAN AL PADRON NUMERICO ORIGINAL EN UN 48.28%	


	
	
	
	


Año del 2002.
Reducen indebidamente el padrón de socios  a la cantidad de 337.


Nota: la Junta Local en el oficio antes citado niega toma de nota, pero si  admite indebidamente convocatoria y oficio de registro de acta de asamblea por medio de un Comité Ejecutivo que había vencido su periodo lectivo.
En indebida convocatoria no se prevén los 10 días necesarios para citar a efectuar asamblea.
Nota: no presentan acta de asistencia.
la Junta Local advierte  a quien se ostenta como Secretario General del ultimo padrón de socios que consiste en la cantidad de 337 (acuerdo fecha 21 de mayo del 2002.)
Pero en el año 2004 presentan retroactivo como liquidados para este año 2002, la cantidad de 5 socios quienes dicen pidieron su liquidación. (Sin existir antecedente de alguna solicitud a esta Junta Local)
Se evidencia la reelección del 60% de Socios miembros del Comité Ejecutivo que superan lo permitido por el dispositivo estatutario.
Nota: en acuerdo del 15 de mayo del 2002, se reconoce un padrón de 337 agremiados por la Junta Local y firman todos los funcionarios que componen  la Junta Numero Dos de la de Conciliación y Arbitraje.
 NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.

NUEVOS ANÁLISIS A PARTIR DEL METODO COMPARATIVO.
COMPARATIVO DEL PADRON DE SOCIOS 1982 CON RESPECTO AL PADRON 
DEL AÑO 2002.
1.-cambios de nombres: 9 socias		
2.-Omisiones de nombres de socias indebidamente:238
 De un listado original de 554 socias (año 1982)  reducen
 el padrón a 337 socios (año 2001) = 217	
 Omiten 217 socias mas 21 nombres de nuevas inclusiones 
 indebidas al padrón = 238	
3.-nuevas inclusiones de socias  indebidas: 21 socias	
		
4.-Total de errores, omisiones e inconsistencias: 268	

*Afectan al padrón numérico original en un 48.28%


Año del 2003.
Nota: la convocatoria no cumple su exhibición de los 10 días previos para celebrar  asamblea, (la convocatoria solo es de 7 días de anticipación).
Nota: no presentan lista de asistencia, ni padrón de socios, ni firmas de los asistentes. Pero se hace la Toma de Nota indebidamente.
(Pero en el año 2004 presentan como liquidados para este año 2003, la cantidad de 2 socios quienes dicen pidieron su liquidación, entre quienes se destaca la socia Talavera Urucha Ramona, quien  había fenecido  antes.
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.


Año del 2004.
Manifiestan a la Junta Local de C. y A. convocatoria sin los días necesarios para enterar a los socios.
No presentan lista de asistentes, ni presentan las firmas de asistencia de la asamblea de socios.
Nota: No presentan listado de socios definitivo, ni firmas de asistencia, ni presentan padrón domiciliar y descriptivo de socios.
Nota: presentan lista de socias que supuestamente solicitan su ” liquidación” al sindicato .  la Junta Local de C. y A. al respecto hace caso omiso de esta gravísima actuación del Comité Ejecutivo para privarles de sus derechos laborales.
(Pero en el año 2004 presentan como liquidados para este año 2004, la cantidad de 1 socio quien dicen pidió su liquidación.)
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.
Se evidencia la reelección del 90% de Socios miembros del Comité Ejecutivo que superan lo permitido por el dispositivo estatutario.



Se evidencia la relación del 90% de funcionarios del Comité Ejecutivo, que superan lo permitido por el dispositivo estatutario



A usted ciudadano Presidente atentamente pido:


	Se me tenga por solicitado la REGULARIZACIÒN DEL PROCEDIMIENTO  que se ha venido aplicando.

	Se me tenga por exhibiendo la relación sucinta en documento anexo y en su momento se tomen en cuenta para dar curso a la petición que estoy haciendo.

	Se me tenga por haciendo esta petición en tiempo y forma.





A 12 de Octubre del 2006

FINAL DEL TEXTO</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sabíamos que depués de Dios quedaban ustedes, hemos recibido con mucho agrado sus opiniones y expresiones de solidaridad, las que agradecemos infinitamente y que en medio de tantas lamentaciones que padece nuestro pueblo pudieramos pensar que es impropio querer protagonizar con nuestro sentimiento los sentimientos desgarradores que le con-duelen a nuestors compatriotas en todas las latitudes de nuestro país, los de abajo, los de a la izquierda, seguimos luchando por hacer de todas las causas una sola, pero en este caso en particular como el otros muchos, &#8220;esto sí es un complot de estado&#8221; y por lo tanto damos por menorizado informe de nuestra situación a nuestro mejor entender, esperamos sea de su comprensión para que lo difundan, ya que ningun medio lo ha publicado, ¿Seguramente que nos estan ignorando? sí, como a todos los de abajo.</p>
<p>Lic. Jaime Arizaga Sanchez.</p>
<p>Esperanza Arreguín Miranda.<br />
Secretaria General del SIndicato Democrático de la empresa &#8220;Frutas Refrigeradas de Zamora&#8221; LAZARO CARDENAS.</p>
<p>___________________________________</p>
<p>Antropólogo Lázaro Cárdenas Batel.<br />
Gobernador Constitucional del estado de Michoacán.<br />
Con atn. A La Dra. Elena Pérez Duarte. (Fiscal). PGR.<br />
Con atn. Al C. Lic. Enrique Bautista Villegas. Secretario de Gobierno<br />
Amnistía Internacional Sección Mexicana.<br />
Amnesty International<br />
PRESENTES.-</p>
<p>Quienes suscribimos apelamos a su noble instancia para que en su Carácter de gobernador de nuestro Estado de Michoacán,  y que tiene el atributo legal para evitar una infamia en nuestro perjuicio, exponemos a continuación algunos por menores de nuestra situación concreta.<br />
Rogamos de usted en su calidad de Jefe del Ejecutivo de nuestra entidad se aboque en instruir al presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, para no  permitir despojos y detrimentos a nuestros derechos laborales.</p>
<p>La Junta Local de conciliación y Arbitraje del Estado a punto esta de legitimar un fraude descomunal, (La Especial No.2) “!NO LO PERMITA SR. GOBERNADOR”¡.</p>
<p>Agradecidas estamos de antemano de su conducta humana y criterios justos siempre de buen proceder, le deseamos mucho éxito en sus tareas las cuales respetamos y elogiamos.<br />
Agradecemos infinitamente la atención que se dignen prestar a esta humilde solicitud    (Anexamos documentos que exponen con mayor precisión nuestro problema).</p>
<p>ATENTAMENTE:<br />
ESPERANZA ARREGUÍN MIRANDA<br />
POR EL COMITÉ EJECUTIVO DEMOCRÁTICO.<br />
Sindicato de la congeladora “Frutas Refrigeradas, S. A. de Zamora de Hidalgo Michoacán”</p>
<p>AVENIDA MARTINEZ DE NAVARRETE  No. 810, COLONIA LAS FUENTES, ZAMORA MICHOACÁN.</p>
<p><a href="mailto:jasarizaga@hotmail.com">jasarizaga@hotmail.com</a><br />
&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8211;<br />
&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8211;<br />
DEFRAUDAN A 555 TRABAJADORAS OBRERAS DE SUS DERECHOS LABORALES, Y PRETENDEN DESPOJAR DE SU PATRIMONIO OBTENIDO POR LAUDO LABORAL.</p>
<p>	Se constituye el Sindicato de la congeladora “Frutas Refrigeradas, S. A. de Zamora de Hidalgo Michoacán” en el año 1966.<br />
	Ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán, bajo el numero general 194,  numero progresivo 536/966 en la Junta Especial No. 2. Y cuyo expediente es 15/265.3/2.<br />
	En escritura pública bajo el tomo 543 y registro número 51 ante la fe de Notario Público, con raíz y ejercicio en Zamora Michoacán a cargo del C. Lic. Efrén Contreras Vallejo, se transcribió el Laudo laboral emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje No. 16 que falla a favor del Sindicato “Lázaro Cárdenas” por rebeldía de la empresa “Frutas Refrigeradas S. A. donde se adjudican y se da posesión a 555 socias trabajadoras en el año de 1984.<br />
	Desde entonces se enquistó  como representante legal al C. Lorenzo Escobar Vejar, líder de la CROC En el estado de Michoacán, quién estratégicamente a su beneficio escrituró el patrimonio sindical a favor del Comité Ejecutivo de dicho Sindicato sin hacerlo a nombre de las 555 socias beneficiarias del laudo laboral antes mencionado.<br />
	Desde esas fecha se impuso este con una camarilla en el Comité Ejecutivo del Sindicato “Lázaro Cárdenas” de la empresa Frutas Refrigeradas, violentando el ordenamiento interno o estatutos sindicales y la Ley Federal del Trabajo, perpetuándose indebidamente en el cargo esta camarilla de directivos, año con año y con la anuencia de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán.<br />
	Fueron 21 años los que se mantuvieron rotándose los cargos en el Comité Ejecutivo, sin rendir cuentas del estado y administración de la empresa y sin hacer  las liquidaciones que por ley corresponden a cada uno de los trabajadores, en ese periodo se hizo la venta parcial de los bienes registrándose 3 ventas; una con el registro 58 tomo 327; otra con el registro No. 5 tomo 585, otra con el registro 75 tomo 546, de las cuales nunca se explicó el uso y destino de los recursos ni se manifestó en las Asambleas informe alguno de dichos ingresos por las ventas sostenidas. Tampoco se emitió informe de los ingresos por concepto de las rentas y uso del equipo e infraestructura que permitieron rentar a particulares durante los 21 años de administración de estos comités ejecutivos.<br />
	Desde entonces solo se presentaron trece padrones o listados nominales de socios para fundamentar sus solicitudes de TOMAS DE NOTA, o registros sindicales ante las autoridades laborales, alterando el padrón nominal en los diferentes años en que se presentó padrón o listado afectando a la distancia del tiempo y reconociendo como último padrón el de 337 socias, sin haber causado baja formal ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, y sin haber sido liquidadas conforme a la Ley Federal del Trabajo, no obstante la Junta Local admitía indebidamente las reducciones al padrón y los derechos de socias trabajadoras listadas en dicho padrón, pero después del análisis exhaustivo hecho por las socias de la base trabajadora se dedujo que están alterados  los nombres, apellidos, y existen omisiones de nombres de socios originales y fueron incluidos nuevos socios que no fueron listados originalmente según el laudo laboral emitido por la Junta Laboral 16 de la de Conciliación y Arbitraje.<br />
	De entre los vicios que más se destacan en la toma de nota de los comités ejecutivos de los últimos 20 años, es la violación a la norma estatutaria consistente en: la no rendición de cuentas, la no emisión de convocatoria para la renovación de comité ejecutivo sindical, el no pasar lista de asistencia de socios, el no establecer un padrón oficial de socios con sus datos generales, el no contar con quórum necesario de asistentes y, la reelección de los miembros del comité ejecutivo sindical, a más de la falsificación de firmas de los socios, así como de la alteración de las actas de supuesta asamblea con corrector y sobreposición de firmas; además de toma de notas suspendidas por intervalos de 3 años y suspensión de traslado de un secretario general al nuevo secretario general; además admiten los traslados de un Comité con el registro del Secretario General de la CROC en el Estado ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje sin que este acredite su carácter o personalidad jurídica.</p>
<p>LA DEMOCRATIZACION<br />
	Surge como respuesta ante tanta injusticia la conformación del 33% de socias trabajadoras de dicho sindicato para solicitar al presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, Dr. José Francisco Becerril Mendoza, se digne solicitar al Comité Ejecutivo Sindical nueva convocatoria para la elección del Comité Ejecutivo, negándose éste a intervenir en dicho asunto, luego entonces procedió ésta comisión a notificar al Comité Ejecutivo saliente y dio vista de su convocatoria en los medios de comunicación y también pidió la intervención del C. Lic. Enrique Bautista Villegas, para que diera fe de la Asamblea Estatutaria donde se elegiría Comité Ejecutivo para el periodo 2004, llevándose a efecto el día 6 de agosto de 2004 con la presencia del comisionado de la Secretaría de Gobierno C. Prof. Javier Herrera y del Notario Público  111 a cargo del C. Lic. Octavio Dieguez Camarena, de esta Ciudad  de Zamora Mich., por lo que se precedió  a efectuar la solicitud de toma de nota ante dicha junta especial No. 2, pero les fue negada a la base trabajadora tal derecho arguyendo falsos escrúpulos legales en perjuicio  de la base trabajadora y haciendo la toma de nota del comité espurio y contrario del interés de la base trabajadora , que obviamente legitimaban a los socios que integraban los tradicionales comités repetitivos, por lo que se acudió al recurso de Amparo interponiendo demanda en el Juzgado Noveno  de Distrito con cede en la Cd. de Morelia Michoacán, amparo No. I-593/2005, el cuál debido a los alcances del Líder Sindical Estatal fue sobreseído dicho amparo, por lo que recurrimos a la revisión de la sentencia bajo el No. 605/2005 ante el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Primer  Circuito.</p>
<p>EL FRAUDE DEL FRAUDE</p>
<p>	En fecha 26 de abril de 2005 la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, especial No. 2 en proveído No. J-VI-30/2005, se pidió la ratificación del contenido y firma del acta de asamblea, motivo de la solicitud de toma de nota de cada una de las socias asistentes ante la Junta Especial No. 6 de Conciliación y Arbitraje, a la cuál acudieron las socias en la cantidad de 191, ya que el exhorto solo dio un margen de una semana para cumplimentarse. Por lo que también las socias sindicales dieron aviso a las autoridades locales del orden municipal, legislativas  locales y federales de los distritos respectivos para que atestiguaran  dicha ratificación. Acuden entonces las socias con el Presidente Municipal C. Ing. Pablo Gutiérrez Galván y le señalan  que por ningún motivo emita los recibos del impuesto predial a quién se ostente como directivo del Comité Ejecutivo Sindical sin acreditarlo con forme a derecho, es decir, hasta que no se resolviera el recurso de Amparo que se había interpuesto y hasta que la nueva toma de nota fuera legal y legitima y ese fue el compromiso con el presidente municipal de Zamora Mich. Quién más tarde traicionó su palabra empeñada y emitió los recibos  a supuestos directivos sindicales, sin que estos contasen con el carácter y reconocimiento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán.</p>
<p>	El 14 de junio del año 2006 emiten los recibos y preconizan las causales del fraude. En esa fecha aún no se resolvía el recurso de revisión de Sentencia de Juicio de Amparo ante el tribunal antes citado y como no se había emitido resultante por tal motivo no se había formalizado   la representación sindical por la AUSENCIA DE TOMA DE NOTA, ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje ya que el expediente relativo al Sindicato No. 15/265,3/12 se encontraba en custodia por el tribunal de referencia en calidad de informe justificado.<br />
	Mientras tanto el notario publico Lic. Efrén Contreras Gaitan Notario sustituto No. 53 de la Ciudad de Zamora (hijo del transcriptor del laudo laboral Lic. Efrén Contreras Vallejo) se apresta en formalizar un contrato de compraventa según la escritura publica 9,759 (nueve mil setecientos cincuenta y nueve) relativa a la venta del inmueble patrimonio de los sindicalizados, pertenecientes al sindicato en mención, en donde los ciudadanos de nombres Ofelia Velásquez Bravo, Silvia Velásquez Bravo, David Alvarado de Anda, Margarita Estrada Ibarra, Maria Guadalupe Chávez Rubio, Tomas Martínez Mendoza y José Herrera Castillo, todos ellos ostentándose como Comité Ejecutivo de dicho Sindicato y actuando como vendedor en el documento del que se habla y han dispuesto sin derecho y sin tener la personalidad ostentada de los bienes patrimonio del sindicato dejando en descubierto su dolo y mala fe en agravio de las 555 socias trabajadoras reconocidas por el laudo laboral emitido por la Junta No. 16 de Conciliación y Arbitraje.<br />
	Por lo que inmediatamente se dio vista a los Magistrados del Tribunal, al Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje , así como al C. Secretario de Gobierno del Estado de Michoacán para que intervinieran en éste asunto con estricto apego a la Ley. (Para que no cometieran una injusticia las autoridades laborales y el Comité Ejecutivo que suplantó las funciones, cosa que no fue así )</p>
<p>	EL FRAUDE </p>
<p>	En la escritura 9,759 podemos destacar que el comprador es la empresa inmobiliaria Michoacana “La Media Luna” y que por casualidad la dirige Eduardo Gaitan Uribe, homónimo en un apellido con el notario de referencia, así  también tazan la venta de la empresa a la suma de $18 500 000.00 (dieciocho millones quinientos mil pesos 00/100 MN), pero se sabe que fue por la cantidad de 30 000 000.00 (treinta millones de pesos) en lo que fue vendida auténticamente, por lo que es descomunal dicho fraude.<br />
	El Comité que actualmente suplanta funciones en calidad de Comité Ejecutivo Sindical sin registro o sin toma de nota ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán, pretende legitimarse con su solicitud de toma de nota, pero hemos de advertir que su acción fraudulenta ha violentado todos los artículos contenidos en los estatutos internos del sindicato, así como la Ley Federal del Trabajo, y por consecuencia no se le puede autorizar a dichos miembros formar parte del comité ya que incurrieron en un delito de fraude genérico,  contenido en el Código Penal del Estado de Michoacán, así también rompen todo precepto legal al hacer apología del delito, ya que  emitieron una convocatoria en la que pretenden liquidar a los trabajadores y saldar sus prestaciones laborales (convocatoria fechada 20 de septiembre del 2006, publicada en el Sol de Zamora Michoacán).<br />
	Actualmente están visitando los domicilios de las socias trabajadoras y les están amenazando y ofreciendo dinero para su liquidación corrompiendo la moral de las socias, así como también  están lucrando con el hambre y la necesidad de las socias, involucrándolas en un delito. Además se sabe que en el acuerdo fechado 4 de octubre 2006 el presidente de la Junta Especial no. 2 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, les insta a las hoy vendedoras que tienen tres días para presentar la lista de asistencia de socias, por lo que sabemos que las liquidaciones que están figurando o realizando de manera ficticia son con el propósito de obtener las firmas de las listas de asistencia para así legitimar su conducta ilegal e ilegitima. (Desconfiamos del tribunal Colegiado de haber recibido dinero de esta compra-venta puesto que no sancionó ni dio vista a la gente del Ministerio Público Federal para frenar este fraude).</p>
<p>	Cabe destacar que después de 21 años de ocurrida la huelga, las obreras que conformaron el padrón sindical de 555  socias, la mayoría son mujeres, son de la tercera edad y más del 60% padecen de enfermedades crónicas, 15 de ellas padecen cáncer Cervico uterino, otras de peor manera han muerto en la miseria sin atención alguna.<br />
	En cambio las socias que se han perpetuado en los comités ejecutivos sindicales gozan de cabal salud y disponen  de los dineros de todas las socias.	</p>
<p>POR EL COMITÉ DEMOCRÁTICO PRODUCTO DE LA BASE SINDICAL </p>
<p>	Las mismas que nos constituimos en el 33% de la base sindical pedimos a las autoridades, a la sociedad en general y a los medios de comunicación que se frene esta maniobra de los que se ostentan indebidamente como  Comité Ejecutivo Sindical para que estos no sean admitidos en el registro sin sindical y no alcancen a obtener su toma de nota .¡ ya que seria un crimen!..<br />
También pedimos a los miembros de la Junta Especial No. 2 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán que no validen a este comité criminal y frenen sus acciones atentatorias al estado de derecho.<br />
	Actualmente la base sindical ha efectuado dos Asambleas subsecuentes a la del 6 de agosto del año 2004, motivo de la primer demanda de amparo, actualmente se hizo la solicitud de toma de nota del nuevo comité ejecutivo sindical  de los años lectivos 2005 y los relativos al año 2006, ante la Junta Especial No. 2 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán, puesto que las asambleas fueron efectuadas, una  ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado y otra ante el personal autorizado por la Secretaria de Gobierno del Estado de Michoacán.</p>
<p>Atentamente</p>
<p>Esperanza Arreguín Miranda<br />
Secretaria General 2006-2007<br />
Por el Comité Ejecutivo Democrático.</p>
<p>AVENIDA MARTINEZ DE NAVARRETE  No. 810, COLONIA LAS FUENTES, ZAMORA MICHOACÁN.</p>
<p><a href="mailto:jasarizaga@hotmail.com">jasarizaga@hotmail.com</a></p>
<p>*Anexamos oficio girado a las autoridades locales.</p>
<p>&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;<br />
CIUDADANO PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION<br />
Y ARBITRAJE DEL ESTADO.</p>
<p>						JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOS.<br />
						REG. SINDICAL 15/265.3/12<br />
						SINDICATO DE TRABAJADORES DE 								LA EMPRESA FRUTAS REFRIGERADAS<br />
						S.A.”LAZARO CARDENAS” DE<br />
						ZAMORA MICHOACAN, C.R.O.C.</p>
<p>Jaime Arizaga Sánchez, en mi carácter de apoderado jurídico de las trabajadoras integrantes del 33% del  Sindicato de Trabajadores “Lázaro Cárdenas” de la Empresa Frutas Refrigeradas, S.A., de Zamora Michoacán de la  C.R.O.C. señalando domicilio para oír y recibir notificaciones el numero 810, de la calle Martínez de Navarrete de la Colonia las Fuentes de la ciudad de Zamora Michoacán, ante usted con todo respeto comparezco y expongo:</p>
<p>Gestiono dentro del expediente sindical registrado con el número 15/265.3/12, que se lleva ante la Junta Especial numero dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado:</p>
<p>CON OBJETO O CON LA FINALIDAD DE QUE SE REGULARICE LOS AUTOS O ACUERDOS DE TOMA DE NOTA CON RELACION A LA PETICION SOBRE EL RECONOCIMIENTO DE NUEVO COMITÉ EJECUTIVO.  Para lo sucesivo:</p>
<p>Por auto de fecha 4 cuatro de octubre del año 2006, dos mil seis, los C.C. Integrantes de la Junta Especial Numero dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán, “Requiere al Peticionario Lorenzo Escobar Bejar, en su carácter de Secretario General del Comité Ejecutivo Estatal de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos, del Estado de Michoacán,  relativos a la petición sobre reconocimiento del nuevo Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores “Lázaro Cárdenas” de la Empresa Frutas Refrigeradas, S.A., de Zamora Michoacán, lo requiere de nueva cuanta para que presente los nombres y firmas de la personas que asistieron a la asamblea extraordinaria de fecha nueve de junio de dos mil cinco, con apercibimiento que de no hacerlo perderá su derecho para hacerlo con posterioridad. Hecho lo anterior se acordara lo que en derecho proceda.”</p>
<p>En cumplimiento a lo establecido por el Art. 7, de los estatutos que rigen la vida interna sindical, y que para tal efecto prevé la Ley de la materia, para que el sindicato tenga representación legitima, que también establece la Ley Federal del Trabajo.</p>
<p>Al solicitar la REGULARIZACION DEL PROCEDIMIENTO, en los autos de tomas de nota se corrijan en lo sucesivo los errores, omisiones que contiene cada auto de toma de nota que contienen año con año, y que son:</p>
<p>Con fecha 17 de octubre de 1980, el Sindicato de Trabajadores “Lázaro Cárdenas” de la Empresa Frutas Refrigeradas, S.A., de Zamora Michoacán de la  C.R.O.C. emplazo a huelga a la Empresa Frutas Refrigeradas de Zamora, S.A.</p>
<p>Tomando como punto de referencia esta fecha inmediata anterior señalada, año con año, se han venido dictando autos o tomas de nota que contienen errores, omisiones, cambios dolosos, mala fe,  otros cambios  intencionales  y otras alteraciones a la verdad jurídica, que a continuación en forma genérica señalo:</p>
<p>1.-falta de firmas de asistentes a la asamblea electoral.<br />
2.- falta del padrón de socios del sindicato que asistieron a la asamblea general ordinaria que eligió Comité Ejecutivo Sindical,<br />
3.- falta el nombramiento de director de los debates, su firma y nombre completo que debe contener el acta electoral.<br />
4.- falta convocatoria para la elección de nuevo Comité Ejecutivo Sindical.<br />
5.- falta la sanción de que la Autoridad debe imponer cuando hay reelección de funcionarios  del Comité Ejecutivo Sindical.<br />
6.- no se observa lo que ordena el artículo 7º de los estatutos del sindicato en los párrafos  primero, segundo y tercero.<br />
7.- no presentan responsables de carteras, esto es presentan comités ejecutivos incompletos de carteras.<br />
8.- no se Respetan los tiempos estatutarios para celebrar asamblea electoral.<br />
9.- no existe rendición de cuentas de las ventas y rentas.<br />
10.- no se celebra asamblea electoral anual como lo ordena el artículo 7º de los estatutos sindicales.<br />
11.- no existen registros sindicales o tomas de nota anuales.<br />
12.-existe alteración de firmas de socios sindicales.<br />
13.-utilizan nombres distintos a los de los socios del sindicato.<br />
14.- utilizan apellidos distintos a los de los socios del sindicato.<br />
15.-omisión de nombres de socios del padrón sindical original.<br />
16.-incluir socios que no pertenecen al sindicato.<br />
17.-repiten nombres de socios como alteración del padrón original.<br />
18.- falsificación de firmas de socios miembros del sindicato.<br />
19.- causan baja de socios sin su consentimiento.<br />
20.-alteración de actas de asamblea electoral en sus firmas.<br />
21.- alterando la asistencia de socios a la asamblea, que normalmente es inferior al porcentaje.<br />
22.- se altera el padrón original de 555 socios que emplazaron a huelga y fueron reconocidos en el laudo dictado por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, numero 16 dieciséis-.<br />
23.-falta de exhibición del padrón y de las firmas en asamblea electoral. (acta).-<br />
24.- sin acreditar la personalidad o personería del promovente solicitando el acreditamiento del Comité Ejecutivo electo en asamblea electoral.<br />
25.- afectación al padrón numérico de socios en la elección anual electoral.<br />
26.- liquidaciones a espaldas de la junta y sin a la ley Laboral.<br />
27.-no hay rendición de cuentas administrativas del sindicato que se debe de dar cuenta a la junta especial respectiva.<br />
28.- Las socias Ofelia Velásquez Bravo, Silvia Velásquez Bravo, David Alvarado de Anda, Margarita Estrada Ibarra Ma. Guadalupe Chávez Rubio, Tomas Martínez Mendoza, José Herrera Castillo, del Sindicato USURPAN FUNCIONES  y se autoproclaman funcionarios del Comité Ejecutivo Sindical, violando el Articulo 24 de los estatutos.<br />
29.- Comité Ejecutivo Sindical usurpante esta firmando las escrituras de venta del inmueble Registrado a favor del Sindicato y que pertenece en propiedad y mancomun y proindiviso a favor de las 555 trabajadoras ordenado en laudo dictado dentro del Expediente de huelga No. III Tres Romano, guión cinco mil trescientos diagonal ochenta, (III-5300/80), Secretaria de Huelgas estalladas, Tramitado ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje  Numero 16, (en la que se tramitan las huelgas.)<br />
30.- Las peticiones relatadas anteriormente están en su contenido, valor y alcance fuera de la norma estatutaria y de la norma establecida por la Ley Federal del Trabajo en vigor.<br />
La anterior petición la apoyo en la relación sucinta a lo manifestado anteriormente en documento que por separado adjunto a esta petición en el que señalo con más precisión </p>
<p>La anterior petición la hago en cuanto representante legal, del  Sindicato de Trabajadores “Lázaro Cárdenas” de la Empresa Frutas Refrigeradas, S.A., de Zamora Michoacán de la  C.R.O.C.</p>
<p>Por lo expuesto y fundado además en el Artículo 8º de la Constitución General de la Republica: </p>
<p>	A usted ciudadano Presidente atentamente pido:</p>
<p>	Se me tenga por solicitando la REGULARIZACION DEL PROCEDIMIENTO que se ha venido aplicando.<br />
	Como resultado de todo lo anteriormente expuesto en forma expresa solicito que al sindicato citado anteriormente se le niegue toda solicitud sobre reconocimiento en la toma de nota respectiva, en tanto cuanto no se llenen los requisitos señalados por el Articulo 7º de los estatutos que rigen la vida interna sindical. Y en especial toda promoción que provenga del Comité Ejecutivo USURPADOR DE FUNCIONES, supuesto representante Legal de la Organización Sindical.</p>
<p>	Se me tenga por exhibiendo la relación sucinta en documento anexo y en su momento se tome en cuenta para dar curso a la petición que estoy haciendo.</p>
<p>	Se me tenga por haciendo esta petición en tiempo y forma.</p>
<p>*Anexamos otro oficio girado a las autoridades locales.</p>
<p>Morelia Michoacán a 12 de Octubre del año 2006.</p>
<p>&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;</p>
<p>CIUDADANO PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO.</p>
<p>                                                                   JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOS.<br />
                                                                  REG. SINDICAL 15/265.3/12<br />
                                                                 SINDICATO DE TRABAJADORES DE<br />
                                                                 LA EMPRESA FRUTAS REFRIGERADAS<br />
                                                                S.A. “LÁZARO CARDENAS” DE<br />
                                                                ZAMORA MICHOACAN, C.R.O.C.</p>
<p>Jaime Arizaga Sánchez, en mi carácter de apoderado jurídico de las trabajadoras integrantes del 33% del Sindicato de Trabajadores “Lázaro Cárdenas” de la Empresa Frutas Refrigeradas, S.A. de Zamora Michoacán de la C.R.O.C. señalando para oír y recibir notificaciones el número 810, de  la Calle Martínez de Navarrete de la Colonia Las Fuentes de Zamora Michoacán, ante usted con todo respeto comparezco y expongo:</p>
<p>A continuación un análisis exhaustivo del expediente que obra en la junta local de Conciliación y Arbitraje del Estado, bajo el numero general 194 y número progresivo 536/966 en la Junta  Especial número 2 (15/265.3/12). En el que se desprende información detallada verificable en el mismo expediente emitidas en mi favor por la misma junta con fecha 6 de junio del 2005.</p>
<p>Antecedente de la Junta Local de Conciliación y arbitraje.<br />
Existe como antecedente registrado localmente solo el consecutivo de alguno de los padrones de socios de algunas listas de asistencia de socios correspondientes a los años siguientes:</p>
<p>-	año de 1982<br />
-	año de 1988<br />
-	año de 1992<br />
-	año de 1993<br />
-	año de 1994<br />
-	año de 1995<br />
-	año de 1996<br />
-	año de 1997<br />
-	año de 1998<br />
-	año de 1999<br />
-	año del 2000<br />
-	año del 2001<br />
-	año del 2002.</p>
<p>DE LAS TOMAS DE NOTA:</p>
<p>Año 1980.<br />
Es evidente que no emiten convocatoria los miembros del Comité Ejecutivo Sindical, previa para celebrar asambleas; de igual manera, no presentan lista de asistencia de los socios, ni muestran a la Junta Local el padrón oficial de socios. (En el que debería de incluirse  los nombres, edad, domicilios, oficios y fechas de ingreso y de antigüedad, sueldos etc.)</p>
<p>Además se reeligen en el Comité Ejecutivo excediendo el número de funcionarios sindicales permitidos por los estatutos del sindicato, para repetir cargo en el Comité Ejecutivo, imponiéndose violatoriamente con un una reelección del 100% de socios Directivos  reelectos.<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL ANTE LA ASAMBLEA.</p>
<p>Año 1981.<br />
No emiten  convocatorias previas de asambleas.<br />
De igual manera, no presentan lista de asistencia,  ni las firmas de los supuestos asistentes, ni muestran a la Junta Local de C. y A. padrón de socios.<br />
Además se reelige el Comité Ejecutivo excediendo el número de socios permitidos por los estatutos, para repetir cargo,  con una violatoria participación del 100% de socios reelectos.<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.</p>
<p>Año de 1982.<br />
No existe registro de emisión de Convocatoria previa de asamblea.<br />
Se dicen celebrar la asamblea el día 7 del mes de octubre en 1982. fecha en que evidentemente concluyó la vigencia del Comité Ejecutivo, por lo tanto no se trasladó el mandato del Comité Ejecutivo en funciones al registrado  como nuevo Comité Ejecutivo.<br />
No presentan las Comisiones de Honor y Justicia y Comisión de Hacienda, ni para la integración debida, ni quien ocupe estos  nombramientos tal y como lo obligan los estatutos internos.<br />
De igual forma, no se respetan, los tiempos estatutarios para celebrar  asamblea, ni se respeta el  periodo lectivo, puesto que se celebro dicha asamblea a destiempo, (el día 7 de  octubre de 1982.)<br />
No presentan lista de asistencia, ni las firmas de asistentes tal como debiera corresponder de acuerdo.<br />
Observaciones: Omiten 2 personas listadas y son registradas con el numero de lista  de socios 464 y 524 y se trata de las personas: Quintero Quintero Hermelinda y Del Toro Ruiz Ma. de Jesús.<br />
Además se repite el nombre de un socio.(1)<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.<br />
*Afectan al padrón numérico original en un .54%</p>
<p>Año de 1983.<br />
No existen registros de convocatoria previa de asamblea firmada por el La Secretaria General y la Secretaria de Actas, como lo exige el estatuto interno sindical.<br />
No presentan las Comisiones de Honor y Justicia, ni Comisión de Hacienda, ni quien ocupe dichos nombramientos.(EL Comité es Registrado incompleto por la Junta Local de C. y A.)<br />
.<br />
No se respetan los tiempos o periodos estatutarios para  efectuar  asamblea, ni los tiempos para ejercer el periodo lectivo, puesto que se presume se celebro asamblea el día 13 de  enero de 1983.</p>
<p>Además se reelige el Comité Ejecutivo indebidamente excediendo el número de socios permitidos por los estatutos para repetir cargo, con un total del 100% de socios reelectos.<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.</p>
<p>Año de 1984.<br />
No emiten convocatorias previas para efectuar asamblea, ni se encuentran antecedentes de convocatoria registrados en el libro.<br />
No presentan la lista de asistentes de asamblea, ni ofrecen firmas de los asistentes.<br />
No se respetan los tiempos estatutarios para efectuar  asamblea, ni los correspondientes al del periodo lectivo, puesto que se celebro el día 7 de  enero de 1984. (Por lo tanto se traslado  la representación de un Comité Ejecutivo  a otro que dejo de tener vigencia).<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.</p>
<p>Año de 1985.<br />
No emiten  convocatoria previa a la  supuesta asamblea.<br />
No existe registro de  lista de asistentes de asamblea, ni de las firmas de los supuestos asistentes.<br />
No respetan los tiempos estatutarios para celebrar  asamblea, ni de su periodo lectivo, (por lo tanto el traslado de la representación de un Comité a otro Comité, dejo de tener la vigencia de ley) puesto que se celebro el día 7 de  enero de 1985.<br />
No hubo registro de  presentación de padrón de socios.<br />
Omiten a 6 representaciones sindicales eliminando las Comisiones de Honor y Justicia y Comisiones de Hacienda.(violentando los Estatutos Sindicales.) NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.</p>
<p>Año de 1986.<br />
No existe registró de toma de nota. ni documentación que acredite la Toma de Nota de Comité alguno, ni asamblea estatutaria.</p>
<p>Año de 1987.<br />
No existe registro de Toma de Nota, ni documentación.<br />
No existe registro de asamblea estatutaria.</p>
<p>Año de 1988.<br />
No emiten  convocatorias previas para efectuar asamblea.<br />
No existe registro de  lista de asistencia de socios  y de sus respectivas firmas.<br />
Nota:<br />
Una vez suspendido el cargo de Secretario General del Sindicato y sin efectuar asamblea y sin cumplir los estatutos en  los dos años  antecedentes y sin registro  de Toma de Nota, se admite indebidamente la firma como Secretario General de quien no tenía vigente su cargo  y se traslada el derecho a otro Comité Ejecutivo indebidamente por  la Junta Local de C. y A. para la nueva Toma de Nota.<br />
.<br />
NUEVOS ANÁLISIS A PARTIR DEL METODO COMPARATIVO.<br />
Se presentan inconsistencias GRAVES en el análisis del padrón, errores y omisiones intencionales de la última lista o padrón de socios, ambos aprobados indebidamente por la Junta Local de C. y A., y que consisten en:<br />
1.	cambios de nombres:  22 socias<br />
2.	cambios de apellidos: 6 socias<br />
3.	omisiones de nombres indebidamente: 12 socias<br />
4.	nuevas inclusiones de socios e indebidas: 11 socias<br />
5.	repiten nombre en la lista: 6 socias.<br />
Total de inconsistencias: 57 en perjuicio de la base laboral.<br />
Nota: del comparativo tomado de la ultima lista aprobada por la Junta Local se registran  del año  1982 al año  1988 dichos resultados, a pesar que en 1982 se listaron 555 socias con los errores señalados del año 1982 que reducen a 3 socios dicha lista.<br />
Cabe señalar que en 1982 la Junta Local aprueba 553 socios injustamente y solo son 550 dentro de esta lista, si se verifica dato por dato el padrón presentado.(se anexan listados y padrones).<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.<br />
*Afectan al padrón numérico original en un 10.27%</p>
<p>Año 1989.<br />
No presenta el Comité Ejecutivo convocatoria previa para efectuar asamblea estatutaria.<br />
No presenta padrón de socios, ni presentan a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje la lista  de asistencia, ni las firmas de supuestos asistentes a Asamblea.<br />
Se evidencia la Reelección del 61% de socios miembros del Comité Ejecutivo que rebasan lo permitido por el dispositivo estatutario para repetir cargo.<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.<br />
Año de 1990.<br />
No presentan padrón de socios, ni de asistentes, no existe registro de lista de asamblea, no efectúan  asamblea y por lo tanto el Sindicato queda sin Toma de Nota y no existe Comité electo.<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.<br />
Año de 1991.<br />
No se  presenta  convocatoria, no presentan padrón de socios, no existe lista de asistentes, no se efectúa  asamblea Estatutaria. Pero se abunda el vicio en que la Secretaria General SIN VIGENCIA LECTIVA  traslada indebidamente su cargo a la nueva Secretaria General (y es la misma persona quien lo ocupa), cuando su vigencia legal había concluido y que contaba con un año de haber fenecido ya el carácter y/o  cargo legal. Pero fue reelecta con  el aval de la Junta Local de C. y A.<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.<br />
Año de 1992.<br />
No presentan convocatoria para efectuar asamblea estatutaria. Si presentan lista de asistentes, en ella  falsifican las firmas de las socias y se evidencia como se altera el listado de firmas de asistencia con corrector y sobreponiendo firmas sobre firmas como es el caso visible  de la listada como socia número 11 (alterada), socia número 59, (alterada), además existe numeración alterada en la lista numeral presentada, se evidencia el socio listado (con el número) 221 en el nombre (alterado), se destaca en dicha  lista que presentan un total de 484 socias aparentemente por “reestructuración del padrón”  </p>
<p>NUEVOS ANÁLISIS A PARTIR DEL METODO COMPARATIVO.<br />
Se presentan  además inconsistencias GRAVES en el análisis del padrón, errores y omisiones intencionales de la última lista o padrón de socios, ambos aprobados indebidamente por la Junta Local de C. y A.. que consisten en:<br />
1.-cambios de nombres: 29 socias<br />
2.-cambios de apellidos: 4 socias<br />
3.-omisiones de nombres de socias indebidamente: 80<br />
4.-nuevas inclusiones de socias  indebidas: 19 socias<br />
5.-repiten nombre en la lista: 5 socias.<br />
Total de inconsistencias: 137 en perjuicio de la base trabajadora.<br />
Del comparativo de esta lista aprobada por la junta local de Conciliación y Arbitraje, se registran  del año  1982 al año  1992, una disminución del padrón de socios con una grave tendencia a la baja directa e indirectamente en dichos resultados. la que corresponde al año  1982 había 555 realmente listadas, en 1988 había 550 y para el año 1992 se reduce a 484 indebidamente.<br />
Se evidencia además que  el 80% de miembros del Comité Ejecutivo rebasan lo permitido por el dispositivo estatutario para ser reelectos.<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.<br />
*Afectan al padrón numérico original en un 24,68%</p>
<p>Año de 1993.<br />
No presenta convocatoria para efectuar asamblea.<br />
Son en este año 484 socias las listadas en supuesta asamblea efectuada y donde falsifican las firmas de  las llamadas asistentes  a dicha asamblea.<br />
(Se reduce a 484 el número de socias indebidamente.).<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.<br />
Año de 1994.<br />
No hubo convocatoria previa para efectuar Asamblea estatutaria.<br />
Se dice se efectúa asamblea la cual esta alterada, donde se evidencia que las  socias listadas con los números 259 del Padrón y de la 485; también se aumenta indebidamente este padrón con otro socio no registrado en sus orígenes quedando la cantidad de 485 socias. Además se presentan falsificadas las firmas de las listadas como asistentes.<br />
Además se reelige el Comité Ejecutivo excediendo el número de socios permitidos por los estatutos con un 100% de socios reelectos en dicho Comité Ejecutivo.<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.</p>
<p>Año de 1995.<br />
Se listan en un  nuevo  padrón injustamente  381 socias. “por actualización de padrón” indebidamente por la Junta Local y por el Comité Ejecutivo injustamente inscrito, además se admite una reducción de socios por la cantidad de 104 (socios) que quedan excluidos.<br />
En el acta de asamblea se dice que participa el 85% de socios en esta, pero las firmas de asistencia se contabilizan por la cantidad 286 que no significan el porcentaje referido en dicha acta, se miente a la Junta Local de C. Y Arbitraje  puesto que significarían solo el 75%.<br />
Las firmas además  son alteradas, puesto que las socias a quien dicen representar no asistieron.<br />
Incluyen así un nuevo padrón de socios en el historial del sindicato por la cantidad de 381 indebidamente, puesto que no explican la causa de su baja y la Junta Local de C. y A.  lo ratifica de esta manera en perjuicio de la base trabajadora..<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.<br />
*Afectan al padrón numérico original en un 18.73%</p>
<p>NUEVOS ANÁLISIS A PARTIR DEL METODO COMPARATIVO.</p>
<p>COMAPARATIVO DEL PADRON DE SOCIOS 1982 CON RESPECTO AL PADRON DE 1995.<br />
1. cambios de nombres:  16 socias<br />
2. cambios de apellidos: 2 socias<br />
3. omisiones de nombres indebidamente: 188 socias<br />
     Omiten 173 socias + 15 nombres de socias  nuevas incluidas<br />
     al padrón  de forma indebida =188<br />
4. nuevas inclusiones de socios e indebidas: 15 socias.</p>
<p>     Errores, omisiones, cambios dolosos intencionales,<br />
  que afectan al hadrón de origen.= TOTAL: 221</p>
<p>*Afectan al padrón numérico original en un 39.81%	</p>
<p>Año de 1996.<br />
No hubo emisión de convocatoria de asamblea por los miembros autorizados del Comité Ejecutivo..<br />
Presentan oficio de acreditación de Comité Ejecutivo de forma alterada en donde se evidencia en uno de los firmantes de sus comisiones (en dicho oficio), así como la alteración que cabe en el caso de la socia listada con número 356., y falsifican firmas de los supuestos  asistentes. No presentan padrón oficial de socios.<br />
Se evidencia la reelección del 90% de socios miembros del Comité Ejecutivo que rebasan lo permitido por el dispositivo estatutario.<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.</p>
<p>Año de 1997.<br />
No emiten convocatoria para celebrar asamblea estatutaria.<br />
Presentan un listado de socios alterado,  donde de la firma de la socia número 174 se presenta evidentemente  alterada y la número 222 (también esta alterada). Falsifican las firmas del listado de asistencia, la socia 268 (alterada) y socia 294 (alterada)  y la socia 322 (alterada). No exhiben padrón de socios oficial.<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.</p>
<p>Año de 1998.<br />
No emiten convocatoria previa para celebrar asamblea.<br />
La solicitud de Toma de Nota no la hace el Secretario General saliente, lo hace indebidamente el dirigente de la Central Estatal de la CROC. Quien no acredita su carácter de representante Legal de este sindicato. ( se puede ver en oficio fechado 28 de abril de 1998 .)<br />
La socia listada como asistente con  número 269 (se evidencia alterada).<br />
No presentan padrón de socios.<br />
Falsifican las firmas de las socias que se dice asistieron.<br />
El Dirigente de la Central Estatal CROC, nunca ha acreditado su carácter ni el reconocimiento por asamblea Nacional del Sindicato Lázaro Cárdenas,  ya que este es Sindicato se fundo independiente y desde su constitución no ha sido anexado a dicha Central.<br />
Se evidencia la reelección del 90% de socios miembros del Comité Ejecutivo que rebasan lo permitido por el dispositivo estatutario.<br />
la Secretaria General ni la Secretaria de Actas no son quienes convocan, ni quienes acreditan el oficio de solicitud de toma de nota. Violentándose los estatutos internos.</p>
<p>NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.</p>
<p>Año de 1999.<br />
No emiten convocatoria previa para celebrar asamblea.<br />
Indebidamente el Secretario General de la Central CROC. presenta oficio de registro del nuevo Comité, violentando los estatutos.  la Secretaria General ni la S<br />
Secretaria de Actas no son quienes convocan, ni quienes acreditan el oficio de solicitud de toma de nota. Violentándose los estatutos internos<br />
La lista de firmas de asistencia se presenta con alteración en los encabezados de páginas evidentemente.<br />
De las listadas como supuestas  asistentes  se observa que la socia listada con el número 248 (esta alterada) y de la socia 227 (se ve de igual manera alterada).<br />
Falsificaron todas las firmas de las supuestas asistentes.<br />
Pero en el año 2004 presentan como liquidados para este año 1999, la cantidad de 1 socio de quien dicen pidió su liquidación.(sin obrar constancias)<br />
 * El Dirigente de la Central Estatal CROC, nunca ha acreditado su carácter ni el reconocimiento por la Asamblea Nacional para representar al Sindicato Lázaro Cárdenas,  ya que este es Sindicato se constituyo como independiente y desde su constitución no ha sido anexado a dicha Central.<br />
La Secretaria General ni la Secretaria de Actas no son quienes convocan, ni quienes acreditan el oficio de solicitud de toma de nota. Violentándose así los estatutos internos.</p>
<p>NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.</p>
<p>Año 2000.<br />
No emiten convocatoria previa para efectuar asamblea.<br />
Indebidamente el Secretario del Comité Estatal de la CROC, presenta el nuevo Comité Ejecutivo Sindical ante la Junta Local para su toma de nota.<br />
En el acta de asamblea  fechada 30 de abril, la alteran con la firma de Tomas Martínez Méndez, evidentemente.<br />
Reducen el padrón de socios  a 361 indebidamente, con el conocimiento y tolerancia de la Junta Local<br />
No presentan padrón de socias. Y Falsifican todas firmas del listado de asistencia.<br />
(Pero en el año 2004 presentan como liquidados para este año 2000, la cantidad de 39 socios quienes dicen pidieron su liquidación sin acreditarlo con lo solicitud de cada socio.)<br />
Se evidencia la reelección del 90% de Socios miembros del Comité Ejecutivo que rebasan lo permitido por el dispositivo estatutario.<br />
La Secretaria General ni la Secretaria de Actas no son quienes convocan, ni quienes acreditan el oficio de solicitud de toma de nota. Violentándose los estatutos internos.</p>
<p>NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL<br />
*Afectan al padrón numérico original en un 34.95%</p>
<p>NUEVOS ANÁLISIS A PARTIR DEL METODO COMPARATIVO.</p>
<p>                            COMPARATIVO DEL PADRON DE SOCIOS DEL AÑO 1982 CON RESPECTO<br />
                           AL PADRON DEL AÑO  2000.<br />
          1.-cambios de nombres: 9 socias<br />
          2.-omisiones de nombres de socias indebidamente:214<br />
          Omiten indebidamente  193 socias del padrón original de 1982<br />
          que consiste en 554 socias y se cuenta con un padrón reducido<br />
           para este año 2000 361 socios, e incluyen indebidamente 21<br />
           nombres de nuevas socias en el   padrón 2000: 193 + 21  = 214</p>
<p>           3.- Nuevas inclusiones de socias  indebidas:  21socias</p>
<p>           Total de errores, omisiones e inconsistencias: 223.<br />
                                                      Afectan al padrón numérico original en un 40.18%</p>
<p>Año 2001.<br />
Reducen el padrón de socios y socias sindicales indebidamente a 337.<br />
Alteran resultado de  lista de asistencia en la contabilidad de supuestas firmas asistentes de asamblea con una diferencia de 13 personas del total que según se menciona acudieron .<br />
En el acta de asamblea se ve que en ella, se violan los estatutos en toda su composición, puesto que  la Secretaria General no es quien convoca, ni elaboran para dicha asamblea el orden del día.( la Secretaria General ni la secretaria de actas no son quienes convocan, ni quienes acreditan el oficio de solicitud de toma de nota.)<br />
 Indebidamente algunos miembros del ex-Comité Ejecutivo convocan y efectúan asamblea sin apego  al Artículo 365 de la ley federal del trabajo, además no cuentan con la firma de la Secretaria General quien es la que debiera trasladarles el cargo.<br />
Pero en el año 2004 presentan como liquidados retroactivamente para este año 2001, la cantidad de 17 socios quienes dicen pidieron su liquidación. Sin existir antecedentes en esta Junta Local  de dicha solicitud.<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL</p>
<p>NUEVOS ANÁLISIS A PARTIR DEL MÉTODO COMPARATIVO.<br />
COMPARATIVO DEL PADRON DE SOCIOS 1982 CON RESPECTO AL PADRON<br />
DEL AÑO 2001.<br />
1.-cambios de nombres: 9 socias<br />
2.-Omisiones de nombres de socias indebidamente:238<br />
  De un listado original de 554 socias (año 1982)  reducen<br />
  indebidamente el padrón a 337 socios (año 2001) = 217<br />
 Omiten 217 socias mas 21 nombres de nuevas inclusiones<br />
 indebidas al padrón = 238<br />
3.-nuevas inclusiones de socias  indebidas: 21 socias	</p>
<p>4.-Total de errores, omisiones e inconsistencias: 268	</p>
<p>                             *AFECTAN AL PADRON NUMERICO ORIGINAL EN UN 48.28%	</p>
<p>Año del 2002.<br />
Reducen indebidamente el padrón de socios  a la cantidad de 337.</p>
<p>Nota: la Junta Local en el oficio antes citado niega toma de nota, pero si  admite indebidamente convocatoria y oficio de registro de acta de asamblea por medio de un Comité Ejecutivo que había vencido su periodo lectivo.<br />
En indebida convocatoria no se prevén los 10 días necesarios para citar a efectuar asamblea.<br />
Nota: no presentan acta de asistencia.<br />
la Junta Local advierte  a quien se ostenta como Secretario General del ultimo padrón de socios que consiste en la cantidad de 337 (acuerdo fecha 21 de mayo del 2002.)<br />
Pero en el año 2004 presentan retroactivo como liquidados para este año 2002, la cantidad de 5 socios quienes dicen pidieron su liquidación. (Sin existir antecedente de alguna solicitud a esta Junta Local)<br />
Se evidencia la reelección del 60% de Socios miembros del Comité Ejecutivo que superan lo permitido por el dispositivo estatutario.<br />
Nota: en acuerdo del 15 de mayo del 2002, se reconoce un padrón de 337 agremiados por la Junta Local y firman todos los funcionarios que componen  la Junta Numero Dos de la de Conciliación y Arbitraje.<br />
 NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.</p>
<p>NUEVOS ANÁLISIS A PARTIR DEL METODO COMPARATIVO.<br />
COMPARATIVO DEL PADRON DE SOCIOS 1982 CON RESPECTO AL PADRON<br />
DEL AÑO 2002.<br />
1.-cambios de nombres: 9 socias<br />
2.-Omisiones de nombres de socias indebidamente:238<br />
 De un listado original de 554 socias (año 1982)  reducen<br />
 el padrón a 337 socios (año 2001) = 217<br />
 Omiten 217 socias mas 21 nombres de nuevas inclusiones<br />
 indebidas al padrón = 238<br />
3.-nuevas inclusiones de socias  indebidas: 21 socias	</p>
<p>4.-Total de errores, omisiones e inconsistencias: 268	</p>
<p>*Afectan al padrón numérico original en un 48.28%</p>
<p>Año del 2003.<br />
Nota: la convocatoria no cumple su exhibición de los 10 días previos para celebrar  asamblea, (la convocatoria solo es de 7 días de anticipación).<br />
Nota: no presentan lista de asistencia, ni padrón de socios, ni firmas de los asistentes. Pero se hace la Toma de Nota indebidamente.<br />
(Pero en el año 2004 presentan como liquidados para este año 2003, la cantidad de 2 socios quienes dicen pidieron su liquidación, entre quienes se destaca la socia Talavera Urucha Ramona, quien  había fenecido  antes.<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.</p>
<p>Año del 2004.<br />
Manifiestan a la Junta Local de C. y A. convocatoria sin los días necesarios para enterar a los socios.<br />
No presentan lista de asistentes, ni presentan las firmas de asistencia de la asamblea de socios.<br />
Nota: No presentan listado de socios definitivo, ni firmas de asistencia, ni presentan padrón domiciliar y descriptivo de socios.<br />
Nota: presentan lista de socias que supuestamente solicitan su ” liquidación” al sindicato .  la Junta Local de C. y A. al respecto hace caso omiso de esta gravísima actuación del Comité Ejecutivo para privarles de sus derechos laborales.<br />
(Pero en el año 2004 presentan como liquidados para este año 2004, la cantidad de 1 socio quien dicen pidió su liquidación.)<br />
NO HAY RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ EJECUTIVO SINDICAL.<br />
Se evidencia la reelección del 90% de Socios miembros del Comité Ejecutivo que superan lo permitido por el dispositivo estatutario.</p>
<p>Se evidencia la relación del 90% de funcionarios del Comité Ejecutivo, que superan lo permitido por el dispositivo estatutario</p>
<p>A usted ciudadano Presidente atentamente pido:</p>
<p>	Se me tenga por solicitado la REGULARIZACIÒN DEL PROCEDIMIENTO  que se ha venido aplicando.</p>
<p>	Se me tenga por exhibiendo la relación sucinta en documento anexo y en su momento se tomen en cuenta para dar curso a la petición que estoy haciendo.</p>
<p>	Se me tenga por haciendo esta petición en tiempo y forma.</p>
<p>A 12 de Octubre del 2006</p>
<p>FINAL DEL TEXTO</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: Miguel Sevilla</title>
		<link>http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518#comment-9647</link>
		<dc:creator>Miguel Sevilla</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 31 Oct 2006 06:15:18 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518/#comment-9647</guid>
		<description>A TODOS LOS DE LA COMISIÓN SEXTA,

SÍ LES PIDO PONGAN MUCHA ATENCIÓN EN ESTE PROBLEMA QUE PLANTEAN LAS TEMPLARIAS DEL SINDICALISMO INTERNACIONAL, PORQUE REALMENTE ELLAS DEFIENDEN LA CAUSA OBRERA CON TODO Y SUS ANTECEDENTES EN EL MUNDO ENTERO, YA QUE LA PLATAFORMA IDELOGICA DEL PLORETARIADO SE ERIGIÓ Y SE PUSO EN PRÁCTICA EN MÉXICO ANTES QUE EN OTRO PAÍS, POR LO QUE ES IMPORTANTÍSIMO TAMBIÉN CONOCER CUAL ES LA EMPRESA DE LA QUE NUESTRAS COMPAÑERAS OBRERAS SERÁN DESPOJADAS INJUSTAMENTE, QUIERO PENSAR QUE SE TRATA DE UNA AGRO-EMPRESA QUE NO PUDO CONSOLIDARSE NI SE LES PUSO A SU DISPOSICIÓN NUNCA, POR QUE POR LO QUE VI COINCIDEN LAS FECHAS DE LA DESTRUCCIÓN DE LA ECONOMÍA DE LA AGRICULTURA Y DE LA INDUSTRIA MEXICANA EN EL VALLE DE ZAMORA.

SUGIERO A TODOS LOS DE LA SEXTA QUE HAGAN UNA CARTA DIRIGIDA A CADA UNO DE LOS LEGISLADORES FEDERALES DE TODAS LAS FRACCIONES PARTIDISTAS PARA QUE ESCUCHEN Y ATIENDAN DIRECTAMENTE EL RECLAMO DE NUESTRAS COMPAÑERAS TEMPLARIAS.(Pueden enviarlo por internet; los correos electronicos los encuentran en la página del congreso)

INVITEN A LOS MEDIOS ALTERNATIVOS Y A TODOS LOS QUE SEAN CREATIVOS PARA QUE CONOZCAN DETENIDAMENTE SU PROBLEMA, HAGAN UN LLAMADO A "LA JORNADA" O A "PROCESO",YA QUE HE TRATADO DE ENCONTRAR MÁS INFORMACIÓN ACERCA DE ESTE GRAVE PROBLEMA SIN NINGUN RESULTADO, ENTONCES ESTÁN BLOQUEADAS POR CONTROLES MUY CABRONES DESDE EL ESTADO Y DEBEMOS BUSCAR LA MANERA DE DESTRABARLES ESTE PROBLEMA ENTRE TODOS, PORQUE NO ES POSIBLE QUE SUS EXPLOTADORES LOGREN CON UN MEGA-FRAUDE ROBARLES LO QUE LES PERTENECE.

HAGO UN LLAMADO A TODOS LOS ARTÍSTAS MÚSICOS QUE QUIERAN HACER UN CONCIERTO EN FAVOR DE NUESTRAS COMPAÑERAS TEMPLARIAS OBRERAS; YO ME OFREZCO CON MI CANTO Y MI MÚSICA EN SU TOTAL APOYO, SI ALGUIEN QUIERE SECUNDARME, ME PUEDE CONTACTAR EN LA SIGUIENTE PÁGINA WEB: www.miguelsevilla.com 

¿POR QUE EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE ZAMORA SOLTÓ LOS RECIBOS DEL PREDIAL?

¿POR QUE EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MICHOACÁN LAZARO CARDENAS BATEL, NO LAS HA AYUDADO, ESTANDO LA SOLUCIÓN EN SUS MANOS?

¿SERÁ POSIBLE QUE LOS PODERES LEGISLATIVO Y JUDICIAL PONGAN LÍMITES A LA PAREJA PRESIDENCIAL EN SUS EXCESOS?

CONCLUSIÓN: ESTE SÍ ES UN COMPLOT!!!
HAY QUE ENTRARLE TODOS!!!

AGRADEZCO EL ESPACIO QUE NOS BRINDAN LOS COMPAÑEROS DE LA SEXTA.

OAXACA NO ESTÁ SÓLO, LAS OBRERAS TEMPLARIAS DE ZAMORA MICHOACÁN TAMPOCO ESTÁN SOLAS!!!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>A TODOS LOS DE LA COMISIÓN SEXTA,</p>
<p>SÍ LES PIDO PONGAN MUCHA ATENCIÓN EN ESTE PROBLEMA QUE PLANTEAN LAS TEMPLARIAS DEL SINDICALISMO INTERNACIONAL, PORQUE REALMENTE ELLAS DEFIENDEN LA CAUSA OBRERA CON TODO Y SUS ANTECEDENTES EN EL MUNDO ENTERO, YA QUE LA PLATAFORMA IDELOGICA DEL PLORETARIADO SE ERIGIÓ Y SE PUSO EN PRÁCTICA EN MÉXICO ANTES QUE EN OTRO PAÍS, POR LO QUE ES IMPORTANTÍSIMO TAMBIÉN CONOCER CUAL ES LA EMPRESA DE LA QUE NUESTRAS COMPAÑERAS OBRERAS SERÁN DESPOJADAS INJUSTAMENTE, QUIERO PENSAR QUE SE TRATA DE UNA AGRO-EMPRESA QUE NO PUDO CONSOLIDARSE NI SE LES PUSO A SU DISPOSICIÓN NUNCA, POR QUE POR LO QUE VI COINCIDEN LAS FECHAS DE LA DESTRUCCIÓN DE LA ECONOMÍA DE LA AGRICULTURA Y DE LA INDUSTRIA MEXICANA EN EL VALLE DE ZAMORA.</p>
<p>SUGIERO A TODOS LOS DE LA SEXTA QUE HAGAN UNA CARTA DIRIGIDA A CADA UNO DE LOS LEGISLADORES FEDERALES DE TODAS LAS FRACCIONES PARTIDISTAS PARA QUE ESCUCHEN Y ATIENDAN DIRECTAMENTE EL RECLAMO DE NUESTRAS COMPAÑERAS TEMPLARIAS.(Pueden enviarlo por internet; los correos electronicos los encuentran en la página del congreso)</p>
<p>INVITEN A LOS MEDIOS ALTERNATIVOS Y A TODOS LOS QUE SEAN CREATIVOS PARA QUE CONOZCAN DETENIDAMENTE SU PROBLEMA, HAGAN UN LLAMADO A &#8220;LA JORNADA&#8221; O A &#8220;PROCESO&#8221;,YA QUE HE TRATADO DE ENCONTRAR MÁS INFORMACIÓN ACERCA DE ESTE GRAVE PROBLEMA SIN NINGUN RESULTADO, ENTONCES ESTÁN BLOQUEADAS POR CONTROLES MUY CABRONES DESDE EL ESTADO Y DEBEMOS BUSCAR LA MANERA DE DESTRABARLES ESTE PROBLEMA ENTRE TODOS, PORQUE NO ES POSIBLE QUE SUS EXPLOTADORES LOGREN CON UN MEGA-FRAUDE ROBARLES LO QUE LES PERTENECE.</p>
<p>HAGO UN LLAMADO A TODOS LOS ARTÍSTAS MÚSICOS QUE QUIERAN HACER UN CONCIERTO EN FAVOR DE NUESTRAS COMPAÑERAS TEMPLARIAS OBRERAS; YO ME OFREZCO CON MI CANTO Y MI MÚSICA EN SU TOTAL APOYO, SI ALGUIEN QUIERE SECUNDARME, ME PUEDE CONTACTAR EN LA SIGUIENTE PÁGINA WEB: <a href="http://www.miguelsevilla.com" rel="nofollow">http://www.miguelsevilla.com</a> </p>
<p>¿POR QUE EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE ZAMORA SOLTÓ LOS RECIBOS DEL PREDIAL?</p>
<p>¿POR QUE EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MICHOACÁN LAZARO CARDENAS BATEL, NO LAS HA AYUDADO, ESTANDO LA SOLUCIÓN EN SUS MANOS?</p>
<p>¿SERÁ POSIBLE QUE LOS PODERES LEGISLATIVO Y JUDICIAL PONGAN LÍMITES A LA PAREJA PRESIDENCIAL EN SUS EXCESOS?</p>
<p>CONCLUSIÓN: ESTE SÍ ES UN COMPLOT!!!<br />
HAY QUE ENTRARLE TODOS!!!</p>
<p>AGRADEZCO EL ESPACIO QUE NOS BRINDAN LOS COMPAÑEROS DE LA SEXTA.</p>
<p>OAXACA NO ESTÁ SÓLO, LAS OBRERAS TEMPLARIAS DE ZAMORA MICHOACÁN TAMPOCO ESTÁN SOLAS!!!</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: Nora</title>
		<link>http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518#comment-8195</link>
		<dc:creator>Nora</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 21 Oct 2006 18:51:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518/#comment-8195</guid>
		<description>Que tal mi nombre es Nora y yo soy de aqui de zamora, y el pasado miercoles 18 de octubre la sra. martha vino a dar una conferencia y a checar como va su obra maestra a un lado del Teatro Obrero, fue espantoso ver como se gasta el dinero en acordonar la ciudad por la gloriosa venida de la respetable primera dama... 
no es legal ni mucho menos justo lo qu estan haciendo, y sepa usted sra Esperanza que cuenta con mi apoyo y que no estan solas ni son el unico grupo que esta en contra de esta situacion, si es de su interes puede acudir con la Regiduria de Turismo con la Lic. Angelica Morales, creo que ella puede ayudarles...</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Que tal mi nombre es Nora y yo soy de aqui de zamora, y el pasado miercoles 18 de octubre la sra. martha vino a dar una conferencia y a checar como va su obra maestra a un lado del Teatro Obrero, fue espantoso ver como se gasta el dinero en acordonar la ciudad por la gloriosa venida de la respetable primera dama&#8230;<br />
no es legal ni mucho menos justo lo qu estan haciendo, y sepa usted sra Esperanza que cuenta con mi apoyo y que no estan solas ni son el unico grupo que esta en contra de esta situacion, si es de su interes puede acudir con la Regiduria de Turismo con la Lic. Angelica Morales, creo que ella puede ayudarles&#8230;</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: Alf</title>
		<link>http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518#comment-8188</link>
		<dc:creator>Alf</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 21 Oct 2006 18:03:50 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518/#comment-8188</guid>
		<description>Vientos Uruapanoides del Bajio mi estimado compañero Alejandro por el consejo a las compañeras sindicalistas.
Por algo eres mi artista preferido de la otra campaña.
Saludos desde las montañas y baches del asfalto queretano.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Vientos Uruapanoides del Bajio mi estimado compañero Alejandro por el consejo a las compañeras sindicalistas.<br />
Por algo eres mi artista preferido de la otra campaña.<br />
Saludos desde las montañas y baches del asfalto queretano.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: alejandro Fernandez</title>
		<link>http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518#comment-8178</link>
		<dc:creator>alejandro Fernandez</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 21 Oct 2006 16:39:30 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518/#comment-8178</guid>
		<description>Compañeras sindicalistas de Congeladora de Zamora:
Un cariñoso y fraternal abrazo de un artísta que le dá doble coraje por lo que les están haciendo:
1.- Por el despojo que les quiere hacer la "familia"-pacto empresarial de nombre Sahagun-Fox (representantes del dinero malhabido).
2.- Por saber que un espacio tan importante (como es ese histórico teatro) lo quieren transformar de centro de las artes, la cultura y la política (o sea un lugar de vida) en un centro de espectáculos, negocios y desprecio (o sea un lugar de muerte).
Tres propuestas. Claro está que son Ustedes quienes deben pensarlas, valorarlas y decidir que hacer con sus vidas. Yo solo opino en voz alta:
- Una propuesta "decente y civilizada": ¿Por qué no hacen una denuncia al INAH? Ojo: Puse decente y civilizada entre comillas, pues sabemos que las instituciones en México suelen funcionar para el interés de l@s de arriba; pero tal, vez haya adherentes y/o trabajador@s del Instituto que sean decentes y que las quiera apoyar.
- ¿Por qué no contactan a la familia del General Francisco J. Múgica? Tal vez pueda interesarles el caso, aunque no sé en donde ni como localizarla.
- ¿Por qué no intentan contactar al Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana? Desafortunadamente no me se bien la direccion o el telefono, pero sé que se encuentra en San Angel (en la Ciudad de Mexico) enfrente del Jardin donde se ponen l@s pintor@s a vender sus obras los sabados a media cuadra del Centro Cultural San Angel.

Soy consciente de que ir por la via institucional en Mexico es de poco ayuda, pues l@s funcionari@s siempre buscan el modo de salirse con la suya.
Además, y desafortunadamente; las víboras y tepocatas mayores (Chente y Martita la PRIadosa) son quienes los están atacando.
Pero tal vez, si cierran filas con gente dedicada al sector cultural o al histórico, pueda ser de gran ayuda.
Necesitamos salir de la inercia particular y sectorial de cada lucha y apoyarnos en otras especialidades y areas del conocimiento. A mi me consta que da mejores resultados, además de que eso es lo que estamos intentando (entre otras cosas) con las Otra Campaña.
Quien quita y logran Ustedes sacar al menos un pronunciamiento de alguna institución o personaje chipocludo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Compañeras sindicalistas de Congeladora de Zamora:<br />
Un cariñoso y fraternal abrazo de un artísta que le dá doble coraje por lo que les están haciendo:<br />
1.- Por el despojo que les quiere hacer la &#8220;familia&#8221;-pacto empresarial de nombre Sahagun-Fox (representantes del dinero malhabido).<br />
2.- Por saber que un espacio tan importante (como es ese histórico teatro) lo quieren transformar de centro de las artes, la cultura y la política (o sea un lugar de vida) en un centro de espectáculos, negocios y desprecio (o sea un lugar de muerte).<br />
Tres propuestas. Claro está que son Ustedes quienes deben pensarlas, valorarlas y decidir que hacer con sus vidas. Yo solo opino en voz alta:<br />
- Una propuesta &#8220;decente y civilizada&#8221;: ¿Por qué no hacen una denuncia al INAH? Ojo: Puse decente y civilizada entre comillas, pues sabemos que las instituciones en México suelen funcionar para el interés de l@s de arriba; pero tal, vez haya adherentes y/o trabajador@s del Instituto que sean decentes y que las quiera apoyar.<br />
- ¿Por qué no contactan a la familia del General Francisco J. Múgica? Tal vez pueda interesarles el caso, aunque no sé en donde ni como localizarla.<br />
- ¿Por qué no intentan contactar al Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana? Desafortunadamente no me se bien la direccion o el telefono, pero sé que se encuentra en San Angel (en la Ciudad de Mexico) enfrente del Jardin donde se ponen l@s pintor@s a vender sus obras los sabados a media cuadra del Centro Cultural San Angel.</p>
<p>Soy consciente de que ir por la via institucional en Mexico es de poco ayuda, pues l@s funcionari@s siempre buscan el modo de salirse con la suya.<br />
Además, y desafortunadamente; las víboras y tepocatas mayores (Chente y Martita la PRIadosa) son quienes los están atacando.<br />
Pero tal vez, si cierran filas con gente dedicada al sector cultural o al histórico, pueda ser de gran ayuda.<br />
Necesitamos salir de la inercia particular y sectorial de cada lucha y apoyarnos en otras especialidades y areas del conocimiento. A mi me consta que da mejores resultados, además de que eso es lo que estamos intentando (entre otras cosas) con las Otra Campaña.<br />
Quien quita y logran Ustedes sacar al menos un pronunciamiento de alguna institución o personaje chipocludo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: piedrasana</title>
		<link>http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518#comment-8115</link>
		<dc:creator>piedrasana</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 21 Oct 2006 05:16:35 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://enlacezapatista.ezln.org.mx/denuncias/518/#comment-8115</guid>
		<description>compaz-templariaz-del-zindicalizmo..nuestrodezafio e invbitazion ez zegun como nozotraz aca en morelia eztamoz  procurandonoz zeguridad para lograr zafarnoz de la condiciones psicologicas de agotamiento psicofisico de sometimiento y terror de dependencia y de humillaciones tales que nos destruyen psicologicamente( aunque tambien temamos por nuestras vidas y de la crianza hija..ya sabes..nos las drogan..)de modo sistematico de modo que ya doblegen nustra voluntad con sus amedrentamientos.. pues azi..nombrando por su nombre y apeido a estas sus practicas terroristas como intrumento quieren volvernos a la circulacion con una personalidad completamente destruida..politicamente castradoas y ponernos fuera de conbate y que nombraremos con sus nombres y apeidos..hasta que sepan ellos quienes son ..creo que ellos mismos se hacen pendejos ..para asi engañar mas facilmente a todos los que se dejan..SEGUIREMOZ ACTIVAZ VALIENTEZ Y LUCIDAZ PROVOCADORAZ DE DEZAFIOZ E INVITAZIONEZ...........NOZOTRAZ TODAZ PERZONAZ QUE ZABEMOZ QUIENEZ ZOMOZ Y POR ELLO ZOLO POR EZTO NOZ CONVBOCAMOZ A ENCONTRARNOZ BATALLANDO ....NI MODOZ....</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>compaz-templariaz-del-zindicalizmo..nuestrodezafio e invbitazion ez zegun como nozotraz aca en morelia eztamoz  procurandonoz zeguridad para lograr zafarnoz de la condiciones psicologicas de agotamiento psicofisico de sometimiento y terror de dependencia y de humillaciones tales que nos destruyen psicologicamente( aunque tambien temamos por nuestras vidas y de la crianza hija..ya sabes..nos las drogan..)de modo sistematico de modo que ya doblegen nustra voluntad con sus amedrentamientos.. pues azi..nombrando por su nombre y apeido a estas sus practicas terroristas como intrumento quieren volvernos a la circulacion con una personalidad completamente destruida..politicamente castradoas y ponernos fuera de conbate y que nombraremos con sus nombres y apeidos..hasta que sepan ellos quienes son ..creo que ellos mismos se hacen pendejos ..para asi engañar mas facilmente a todos los que se dejan..SEGUIREMOZ ACTIVAZ VALIENTEZ Y LUCIDAZ PROVOCADORAZ DE DEZAFIOZ E INVITAZIONEZ&#8230;&#8230;&#8230;..NOZOTRAZ TODAZ PERZONAZ QUE ZABEMOZ QUIENEZ ZOMOZ Y POR ELLO ZOLO POR EZTO NOZ CONVBOCAMOZ A ENCONTRARNOZ BATALLANDO &#8230;.NI MODOZ&#8230;.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
</channel>
</rss>
